El salario del capellán del ayuntamiento siempre fue tema de discusión entre los miembros del cabildo. Incluso el corregidor Alonso de Cartagena decidió, en 1508, que tal gasto se suprimiese y que la ciudad no diera de sus propios los 2.500 maravedís que entonces tenía de salario. El concejo de la ciudad reclamó ante la reina Juana lo que consideraba agravio y daño a la ciudad, “porque aquello se dava de mucho tienpo a esta parte e hera serviçio de Dios”. Doña Juana, “con el rey mi señor e padre consultado”, aceptó la demanda de Trujillo y dejó sin efecto el mandato de su corregidor.
Por supuesto que al propio capellán las cantidades fijadas por el concejo para recompensar su trabajo le parecieron siempre escasas mientras que algunos de los regidores con frecuencia consideraron excesivo su sueldo.
Antiguas Casas Consistoriales |
El incremento del salario del capellán se trata en las actas municipales por primera vez en 1518. Ha de cobrar más porque algo ha cambiado. Hasta entonces, la misa previa a la reunión del concejo se celebraba en la cercana iglesia de Santiago, acudiesen o no los regidores, “de manera que por los aguardar, él no se ocupava nada”. Pero la construcción de una capilla en las casas consistoriales de la plaza cambiará su trabajo.
En 1518 la capilla estaba lista y el concejo, con el corregidor Bernaldo del Nero, toman las decisiones necesarias para su ornato. El retablo se encomienda al entallador Alonso Casco (pintado y dorado por el pintor Alonso Gallego en 1520) y en junio se inicia la compra de ornamentos y objetos litúrgicos.
“Este dicho día los dichos señores dixeron que viendo la nobleza desta çibdad e la renta della y las personas que resyden en el ayuntamiento della, que mandavan e mandaron que se conpren dos paños de tapizes para adornar la sala del ayuntamiento donde los señores justiçia e regidores se ayuntan y ansy mismo que se conpre para la capilla en que digan misa en el ayuntamiento todo lo neçesario para ella con su cáliz de plata e dorado e con sus anpollas e cruz de plata y una ymajen de Nuestra Señora y que para que esto se haga mejor que lo cometían e cometieron al dicho señor corregidor y que el tapiz sea de a dozientos e çinquenta mrs. el uno diez más o menos”.
Apenas unos meses después, en la sesión del concejo del 8 de noviembre, se recoge el inventario de lo ya adquirido por la ciudad
1518, noviembre 8. Trujillo
Cosas de la capilla de la çibdad.
Un cáliz de plata, la copa de dentro dorada y su paz
Unas vinageras de plata
Una ara con sus corporales
Una vestimenta de damasco blanco con todo su hornamento en todo guarneçido de raso carmesy
Un frontal de lo mismo
Unos manteles limaniscos
Una almohadilla de raso falso
(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 13, fol. 124)
Las compras para la capilla seguirán en los años siguientes completando su ornamentación
“El capellán pide por merçed a vuestra merçed manden proveer en que se traya un dosel para ençima del altar que sea de lo que mejor les paresçiere. Los dichos señores mandaron que se hable con un mercader que traya el dicho dosel e una ymajen e una alfonbra pequeña para la mesa del ayuntamiento”. (3/9/1519)
“El capellán suplica a vuestras merçedes manden hazer una cruz de plata para dezir misa y para tomar el juramento en los días de las eleçiones. Que se manda hazer de un marco de plata y que se remite al señor teniente que hable con el platero”. (8/3/1520)
Sala alta del concejo, hoy sala de vistas de los Juzgados
Unos años más tarde, en 1538, a esta capilla situada en la sala alta del ayuntamiento (y hoy , se añadirá el altar construido en la sala baja de la alhóndiga, a donde se trasladan los ayuntamientos en los calurosos veranos trujillanos:
“Este día, los dichos señores mandaron que el mayordomo haga un altar en lo baxo del alhóndiga de madera muy bien hecho que se pueda cojer para donde digan misa en el verano”. (12/7/1538)
El clérigo Diego Carrasco es el capellán que está al servicio de la ciudad en ese año de 1518 en que todo se dispone para contar con capilla en las casas consistoriales. Ya no ha de celebrar las misas que preceden a los ayuntamientos en la parroquia de Santiago sino en la capilla de la sala alta. Y aquí está el problema y su reclamación.
En la iglesia de Santiago no había de esperar a la justicia y regimiento ya que la misa se celebraba “quier fuesen a ella los regidores o no”, pero la situación había cambiado porque “agora, como la dize en las casas del ayuntamiento, ocúpase mucho porque acahesçe estar una ora o más revestido esperando que se junten la justiçia e regidores” y aunque ya había recibido un aumento en su salario hasta los 3.000 mrs., “a él se le haze poco”, considerando que su trabajo merecía un mayor incremento.
No debió surtir efecto la petición porque el salario se mantuvo fijo en esa cantidad al menos otros 20 años y siempre siguió estando sujeto al criterio y voluntad de los regidores.
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