30 de noviembre de 2014

Y al final, las gallinas


30 de noviembre, día del glorioso apóstol San Andrés, patrón de la ciudad de Trujillo. En la sala alta del viejo ayuntamiento, tras haberse celebrado misa cantada con diáconos y tocado la campanilla, como era costumbre, se reúne el corregidor y los regidores. Los escribanos dan fe de lo que allí se decide.
El 30 de noviembre de 1700, el corregidor de la ciudad es Rodrigo de Torres Mesías y Heredia, caballero de la orden de Calatrava. Hace ya algunos siglos que los regidores no se eligen en Trujillo, que no se asiste a aquel curioso ceremonial que cada dos años renovaba los cargos concejiles. Pero San Andrés seguía siendo el inicio y final de contratos y nombramientos en el ayuntamiento y a ello se dedican don Rodrigo y los once regidores que ese día le acompañan.  Se eligen alcaldes de la Santa Hermandad del estado noble y el estado llano, el capellán que habrá de celebrar en el año siguiente  las misas que preceden a la reunión del concejo y las que se ofician en la cárcel, el mayordomo de propios, los porteros del ayuntamiento o las diversas comisiones y competencias que cada uno de los regidores detentarían hasta el siguiente día de San Andrés. Cuando ya está casi todo acordado, una última cuestión requiere la atención del ayuntamiento: las gallinas. Sí gallinas. 1264 en total que la ciudad ha recibido como adehala, como parte del precio en el que se fijaron los arrendamientos de las dehesas de propios, las dehesas caballerías.  Es ahora decisión del ayuntamiento su reparto, no muy diferente al que año tras año se ha venido haciendo en este día de San Andrés.



1700, noviembre 30 Trujillo.

Haviéndose traydo a este ayuntamiento una certificazión del contador de propios por donde consta que en este presente año ay mil ducientas y sesenta y quatro gallinas de adeala de los arrendamientos de las cavallerías propias de esta ciudad, acordó se repartan entre los señores correxidor y cavalleros rexidores que están en actual exercicio de sus oficios, incluyéndose en dicho repartimiento los señores D. Antonio de Orozco, Don Juan Manuel Zervantes y Don Francisco de Chaves, rexidores que fueron desta dicha ciudad y fallecieron en este presente año, para que sus herederos las perziban, sacando de ellas primero nobenta; que se an de dar las diez y ocho al señor alcalde mayor, quarenta y ocho a los dos escrivanos de ayuntamiento por mitad, ocho al abogado de la ciudad, ocho a el contador y otras ocho a las relijiosas descalzas, las quales se bajaron y quedaron que repartir mil ciento y setenta, que repartidas entre el dicho señor correxidor y diez y siete cavalleros rexidores, que son los del margen, tocaron a sesenta y cinco gallinas cada uno. Y la ciudad acordó que por no haver sobrado del dicho repartimiento, cada uno de dichos señores se le dé una menos de las que les an tocado, y éstas, que vienen a ser diez y ocho, se den las seis al padre fray Pedro Salguero, de la horden del señor San Francisco, que zelebra las misas de la sala, otras seis al hospital de la Charidad y otras seis al colegio de pobres niñas huérfanas.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 231, fols. 127v-128r.)

 
Gallina negra castellana. www.agronewscastillayleon.com

16 de noviembre de 2014

La oscuridad de la letra antigua


El 20 de febrero de 1702 salía de Plasencia, camino de Trujillo, Manuel Francisco de la Espada Jerardino. Tenía asegurada en esta ciudad el pago de la posada y de cuantos gastos hiciera en ella, además de un salario de dos ducados al día. Las gestiones para su venida las había realizado el propio corregidor de Trujillo, Rodrigo de Torres Mesías Heredia, quien durante una visita a Plasencia concertó con Manuel Francisco de la Espada su salario y su trabajo. "Persona de grande inteligenxia en letras antiguas", dicen las actas de él. Porque a eso vino, a leer esos papeles de letra antigua "que por su obscuridad no se puede comprehender lo que contienen". Y no era capricho ni curiosidad lo que movía al ayuntamiento (entonces escaso de fondos) a recurrir a este vecino de Plasencia para que buceara en los fondos de su archivo.

Conocer los documentos significaba asegurar los derechos de la ciudad, sus propiedades y prerrogativas y así lo razonaba su ayuntamiento: “por lo que puede importar al derecho de la ziudad en lo presente y subzesivo la claridad de dichos instrumentos y papeles”. Setenta y nueve días se detuvo en esta ciudad y trabajó en su archivo, donde aún se conserva su copia del Libro Negro y deslindes de algunas dehesas caballerías.


1702, mayo 6. Trujillo

Sobre la satisfazión de Manuel Francisco de la Espada por los trasumptos de diferentes papeles del archivo.
La ziudad dixo que por quanto vino de su horden a ella Manuel Franzisco de la Expada Xerardino, vezino de la de Plasenzia, persona yntelixente en la comprehensión y lectura de letra antigua, a la explicazión y traduzión de diferentes ynstrumentos antiguos que tiene en su archivo escritos de letra de aquellos tiempos, que por esta razón no tenían fázil compreensión e yntelixenzia de su contenido y el suso dicho los leió y tradujo a la letra moderna de estos tiempos, expezialmente aquellos que parezió ser más combeniente el traduzirlos, como fueron los que se contienen en el libro intitulado el negro y diferentes deslindes y amojonamientos de cavallerías, y haviendo concluido con esta obra, acordó se le satisfaga y pague su travajo  a razón de dos ducados a el día, desde veinte de febrero que salió de la dicha ciudad de Plasenzia hasta nueve de este mes, que son setenta y nueve días en que se yncluien los de yda y buelta a dicha ziudad, y además dello, se le pague la posada y la costa que a echo en ella el tiempo de su detenzión. Y así mismo se pague a Antonio Cantero, ofizial de la pluma, que a escripto dichos trasuntos, y al presente escrivano que los a autorizado, y para todo ello se libren en propios dos mil quatrozientos y sesenta y dos reales en esta manera= mil setezientos y treinta y ocho a el dicho Manuel Franzisco de la Expada por los dichos setenta y nueve días a la dicha razón de dos ducados cada uno; ziento y zinquenta reales al dicho Antonio Cantero con los quales y ziento y sesenta que tiene rezivido de otro efecto hazen trezientos y diez de su travajo; trezientos y quatro del güespede de la posada del dicho Manuel Franzisco; ziento y zinquenta a Manuel Antonio de Padilla, presente escrivano de este ayuntamiento por el travajo de haver autorizado dichos ynstrumentos; zien reales a Juan Sánchez Matheo, mayordomo de dichos propios, por los mismos que de horden de esta ziudad dio para ayuda al gasto de la posada del dicho Manuel Franzisco, y los veinte reales restantes por la enquadernazión del trasunto del dicho libro negro.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 233, fols. 43v-44r)


1 de noviembre de 2014

Cementerio en el castillo

Prestos a cumplir las disposiciones emanadas de las Cortes de Cádiz, el ayuntamiento trujillano, con su corregidor presidente Lesmes Bravo a la cabeza, se dispuso en 1812 a elegir un lugar conveniente donde establecer un cementerio. Desde Cádiz se urgía para que cesasen los enterramientos en las iglesias y el procurador síndico del común de Trujillo, Manuel González, propuso en marzo de ese año "que el sitio más aparente para el cementerio es el combento arruinado de relijiosos Descalzos por estar en un sitio muy alto fuera de la población y no perjudicar a ningún mineral de aguas".

Lo cierto es que una ciudad devastada por la guerra ofrecía múltiples espacios vacíos tanto en sus inmediaciones como dentro del propio núcleo y todo parece indicar que el ayuntamiento se decantaba por "la guerta del combento arruinado de la Coria".

 Sin embargo, como ocurrirá años después, los regidores trujillanos prefirieron basar la decisión en la opinión experta de los médicos de la ciudad, que habrán de evaluar los distintos lugares que ofrecían el espacio apropiado para un camposanto.

1812, junio 16. Trujillo
Se bio la certificación de los médicos D. Manuel Malo de Molina y D. Antonio de los Ríos Sierra a consequencia del reconocimiento que han echo de la cerca del combento de Magdalena, guerta del de San Francisco el Real y cerca de la fortaleza, y resultando de dicha certificación que los facultativos allan aparente para Campo Santo la cerca de la fortaleza por las combinientes razones que expresan, se acuerda que uno de los escribanos pase a recojer la llave de D. Diego Cisneros, que ésta se ponga en poder del Sr. Vicario para que haga se formen otras por los señores curas párrocos, recojiendo cada uno la que le corresponda, inmediatamente se bendiga el Campo Santo a cuyo fin se pasará el correspondiente oficio de política y enseguida se ponga una puerta aparente al caso, con una cruz sobre ella que demuestre el sitio que encierra. Que a la mayor brebedad se componga la ermita que se alla dentro de referida fortaleza, a cuyo fin se da comisión al Sr. Regidor decano por el celo que ha manifestado en esta grande obra que de ella depende un gran beneficio al vecindario, confiando el Ayuntamiento de su esactitud se haga todo a la mayor brebedad valiéndose de los medios que juzgue oportunos en representación de este Ilustre cuerpo.
Esto acordaron y firmaron sus señorías. Damos fe.
Bravo (rúbrica)   Gordo (rúbrica)    García (rúbrica)    Calderón (rúbrica) 
González (rúbrica)     Rentero (rúbrica)
Ante nos
Josef Cecilio Bernet y Garzía (rúbrica)  José Secos Bueno (rúbrica)

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 414, fols. 26v-27r)

La decisión estaba tomada. El castillo, la fortaleza trujillana, acogería en sus muros el nuevo cementerio de la ciudad. Se adecentó el recinto y se hicieron las obras "con la seguridad y decencia posible". El día 7 de agosto de 1812 "sólo falta la lizenzia para vendecir el terreno" y esa licencia llegaba pocos días después desde Plasencia, autorizando el obispado a bendecir el cementerio de la fortaleza.

Es éste el momento en que surgen los problemas para el proyecto. Quien se consideraba el legítimo dueño del castillo, el marqués de la Conquista, reclamó el reintegro del "libre uso del cercado y fortaleza que se ha elejido para cementerio" alegando que, como Alférez Mayor de la fortaleza, le correspondía el pleno dominio del recinto.

Ante esta reclamación, la ciudad se reafirma en su propiedad, no considerando al marqués dueño de los muros y terrenos que cierran, pese al título que detenta, y que sólo por "un género de obsequio a su persona se le ha permitido tener la llave de la referida fortaleza cuando ha habido puertas, habiendo servido de recreo a su persona y familia". No le asistía por tanto, a juicio de la ciudad, ningún derecho a tal reclamación y ningún otro terreno ofrecía las mismas ventajas para el establecimiento del camposanto. Por ello acordaron seguir el recurso que ante los tribunales había iniciado Jacinto de Orellana Pizarro, marqués de la Conquista, "hasta lograr lo acordado por el ayuntamiento, el qual no puede desentenderse de sus regalías y privilejios".
Hoy el castillo no acoge el cementerio; las disposiciones de las Cortes de Cádiz quedaron sin efecto tras la guerra, el marqués vio reconocido su derecho y la ciudad hubo de abandonar el proyecto.



Sepultura de Clodoaldo Naranjo Alonso. Sacerdote e Historiador. 1878-1946