30 de noviembre de 2013

Quítate tú que me siente yo


    Y de nuevo llega San Andrés, fecha tradicional en Trujillo para la renovación de los cargos concejiles. Algunos de los regidores salientes y el corregidor, siguiendo el ceremonial marcado por los Reyes Católicos, se convertirán en electores de quienes serán los regidores para los dos años siguientes.
    Sin embargo, las necesidades acuciantes de la Corona llevarán al fin de esta práctica cuando la venta de regimientos se convierta en una atractiva fuente de ingresos. El primer regidor perpetuo de la ciudad será Bernardino de Tapia, quien entrega su carta de privilegio en la sesión del ayuntamiento del 25 de enero de 1544. En los meses y años posteriores, otros miembros relevantes de la sociedad trujillana o ajenos a ella pero ligados por matrimonio y con una interesante fortuna obtenida en América, irán completando el regimiento de Trujillo.
    Pero en una ciudad en donde las parcialidades seguían vivas y las rivalidades exacerbadas en momentos puntuales por cuestiones a veces estrictamente personales y familiares, la nueva situación no trae tranquilidad al regimiento. ¿Motivo? Las sillas. ¿Dónde me siento yo? ¿Dónde te sientas tú? Un asunto que hoy nos parecería trivial desata de nuevo las rencillas. 

    El corregidor, árbitro siempre de estas situaciones, intentará poner sosiego indicando "que los regidores que fuesen del linage de los Altamiranos se asentasen a la mano derecha de la justiçia  y entre ellos se guardase la antigüedad de la presentaçión de la provisión e resçibimiento; y a la otra mano se asentasen los Bejaranos, guardando ansí mismo la antigüedad de la presentaçión de la probisión y resçibimiento y que luego tras ellos se asentasen los Añascos".  Porque parece que la cercanía física al corregidor confiere peso y preeminencia. Y aquí viene de nuevo el conflicto. Quien primero presentó su privilegio, Bernardino de Tapia, y quienes le siguieron un día después, Juan Solís y Pedro Barrantes, no son Altamiranos y esta solución les relega a los últimos asientos. Y se inician los debates y los pleitos. Tendrá que ser el rey quien finalmente determine, seis años después, la solución final: por orden de antigüedad y en un estricto reparto a derecha e izquierda del corregidor. Sólo el fallecimiento o la renuncia de un regidor permitirá "subir" en el escalafón y acercarse a la ansiada silla situada a la derecha del corregidor.

1550, diciembre 3. Trujillo

E después de lo suso dicho, a tres días del dicho mes de diziembre del dicho año de quinientos e çinquenta años, yo Joan de Villatoro, en cunplimiento del auto e mandamiento del dicho señor corregidor que mandó le traxese fe de los días, mes e año en que los regidores desta çibdad fueron presentados en este ayuntamiento por regidores, traxe ante su merçed la sobre dicha fe que es la sobre dicha.
E luego, el dicho señor corregidor dixo que bista la dicha fe por la qual consta y pareçe el tienpo en que cada uno de los dichos regidores fueron admitidos al dicho ofiçio de regidores y della pareçe ansy mesmo sus antigüedades, su merçed el dicho señor corregidor aclaraba e aclaró que conforme a las dichas sus antigüedades se asentasen en los ayuntamientos conforme a como por Su Magestad es mandado que a de ser en la manera siguiente.

Bernaldino de Tapia en la sylla primera a la mano derecha del señor corregidor.
Joan Piçarro de Orellana en la primera sylla de la mano izquierda del señor corregidor.
Juan Cortés en la segunda sylla de la mano derecha del señor corregidor.
Pedro Barrantes en la segunda sylla de la mano izquierda del señor corregidor.
Juan de Herrera en la terçera sylla de la mano derecha del señor corregidor.
Álvaro de Hinojosa en la terçera sylla de la mano izquierdadel señor corregidor.
Martín de Chaves en la quarta sylla de la mano derecha del señor corregidor.
Juan de Chaves en la quarta sylla de la mano izquierda del señor corregidor.
Don Sancho de Paredes en la quinta sylla de la mano derecha del señor corregidor.
Diego de Carvajal en la quinta sylla de la mano izquierda del señor corregidor.
Alonso Ruiz en la sesta sylla de la mano derecha del señor corregidor.
Juan de Vargas en la sesta sylla de la mano izquierda del señor corregidor.
Juan de Solís en la sétima sylla de la mano derecha del señor corregidor.
Gonçalo de Sanabria en la sétima sylla de la mano izquierda del señor corregidor.
Juan de Escobar en la otava sylla de la mano derecha del señor corregidor.
Pedro Suárez de Toledo en la otava sylla de la mano izquierda del señor corregidor.

La qual dicha horden en el asyento arriba contenido mandava e mandó el dicho señor corregidor a los dichos regidores e a cada uno de ellos que lo guarden e cumplan segun e como va declarado so las penas contenidas en la provisión real con que su merçed fue requerido, que habla çerca de la horden que an de tener en los dichos asyentos, y más de otros çien mil mrs. que a cada uno que lo contrario hiziese pone de pena para la cámara e fisco de su magestad y de suspensión de ofiçio por un año, en las quales penas dende agora dixo que los avía por condenados en ellas syn otra aclaraçión ni sentençia alguna. Y porque ninguno pueda pretender ygnorançia, manda que les sea notificado lo susodicho e que lo guarden e cunplan ansy aunque algunos de los dichos regidores estén avsentes o no vengan al dicho ayuntamiento porque, pues puede venir, es justo que halle desenbaraçado su asyento y que quando alguno de los dichos regidores falleçiese o renunçiare su ofiçio, pues por la dicha razón espira y se acaba, manda que se tenga la propia horden de antigüedad en los asyentos de manera que el que entrare o suçediere en el dicho regimiento se asyente y esté como más nuevo en la sylla más baxa y el más antiguo entre en la silla que estuviere vaca por su horden e antigüedad. Va testado o diz dicho e o diz que faltare.
Diego de Sandoval Negral de Byvero (rúbrica)

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 27.17)
 

http://www.anticoantico.com


1 de noviembre de 2013

La opinión de los médicos


Tras un primer intento de Trujillo de establecer un cementerio permanente fuera de los muros de las iglesias en 1812, las disposiciones que desde Badajoz establece el Gobierno Político de la Provincia en 1820 obligarán al alcalde constitucional de Trujillo, Lesmes Bravo, a iniciar el proceso por el que la ciudad establecería un camposanto. Considera el alcalde que es una de las atribuciones de los ayuntamientos "celar sobre que en cada pueblo haya cementerio siendo combenientemente, y no habiéndolo en esta ciudad,es indispensable disponer se realice tan útil establecimiento". 

El primer paso habrá de ser la elección del lugar idóneo que reuna las condiciones de alejamiento y salubridad necesarias. Y nadie mejor que los médicos titulares de la ciudad para que "reconozcan los sitios de estas inmediaciones y certifiquen quáles son los más apropósito para la construcción de cementerios".

La primera elección de los médicos es unánime.

1820, junio 28-29. Trujillo

Don Ramón González Trejo, médico titular de esta ciudad
Haviendo examinado cuidadosa y detenidamente todos los sitios de las inmediaciones, según se me previno por el señor don Lesmes Bravo, alcalde 1º constitucional , con el objeto de señalar el más a propósito para cementerio por reunir todas las cualidades de ventilación, buena exposición y demás requisitos de policía e higiene públicas.
Certifico. Que la cerca llamada de la Magdalena, sita entre esta ciudad y sus dos arrabales, Huertas de Ánimas y de la Magdalena, es el que reúne todas las ventajas de distancia, libre ventilación, exposición al norte y expedita corriente de este aire al mediodía, sin tocar a la ciudad, que de ordinario es combatida por el solano. Es quanto según mis conocimientos puedo decir. Trugillo y junio 28 de 1820
Ramón González Trejo (rúbrica)


Don Antonio Ríos Sierra, médico titular de esta dicha ciudad.
Cumplido con el mandato del señor Alcalde 1º constitucional, he examinado con la mayor escrupulosidad todos los sitios oportunos que hay en estas inmediaciones para establecer el cementerio,  y después de la más detenida reflexión, certifico que el referido sitio nominado de la Magdalena es el más acto al deseado objeto por llenar mejor que otro alguno los deberes de la buena policía y condiciones de la higiene; que es quanto en honor a la verdad puedo decir en esta dicha de Truxillo a veinte y nueve de junio de mil ochocientos veinte.
Antonio Ríos y Sierra (rúbrica)

Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 564.2


Sepultura de Rufino Benito Lázaro Romero. Escribano de Trujillo 1859-1884.