26 de marzo de 2014

La pesca en San Lázaro


   En el borde de la ciudad, asomándose al berrocal, desde hace siglos ha habido una lámina de agua en la que siempre quiso reflejarse Trujillo. El estanque de San Lázaro calmó la sed del ganado e hizo disfrutar a quienes buscaron con paciencia sus tencas y carpas. Porque, a lo largo del tiempo, el estanque de San Lázaro ha sido un lugar para pescar desde el viejo muro o en sus orillas. Afición y oficio que aportó sustento y disfrute a los vecinos y que produjo rentas al ayuntamiento.

   Cuando en 1863 debe renovarse el arrendamiento de las rentas obtenidas por la pesca en el estanque de San Lázaro, dos peritos nombrados por el ayuntamiento tasan el valor de lo en él obtenido. Manuel Cancho Peña y José Sánchez, nombrados a tal efecto, lo tienen claro, "como aficionados a la pesca de caña y su permanencia con frecuencia en la charca de San Lázaro han tenido ocasión de observar que en los diferentes años que se ha benido arrendando la pesca que con hilos estraen los arrendatarios, podría ascender según su parecer a cosa de ochenta arrobas de tencas y carpas, que vendidas por la mujer a quien al efecto buscan a diez y seis reales arroba, hacen un total de mil doscientos ochenta reales, que pagando de esta cantidad al guarda y pescador, con deterioro de hilos, podrá quedar a los arrendatarios ochocientos reales en cada un año".

   Las condiciones serán las mismas que las vigentes en el remate anterior de 1860 y el día señalado para la subasta por el alcalde Vicente Martínez, el 21 de junio, algunos vecinos están dispuestos a participar en la puja.



1863, mayo 24-junio 21. Trujillo.

D. Antonio Trejo y Peñalosa, secretario del Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad de Trujillo. Certifico que en el espediente formado para el arriendo de este arbitrio en el año anterior de mil ochocientos sesenta, se hallan las condiciones vajo las cuales se remató y son las siguientes:
1ª. En diez de julio de cada un año de los tres de este arriendo, pagará el arrendatario la cantidad en que se remate la pesca al mayordomo de propios de esta ciudad.
2ª. Se podrá pescar libremente con cañas desde la muralla y orillas de la charca por todos los vecinos. Los que quieran hacerlo con barcos pagarán  diez reales al arrendatario por temporada.
3ª. El arrendatario sólo podrá pescar con hilos de marca durante los meses de junio y septiembre de cada año.
4ª. Teniendo por objeto principal este arrendamiento el conservar la pesca en la espresada charca para que el común de vecinos disfrute siempre de sus beneficios, será obligación del arrendatario dejarla bien cebada de tencas a la conclusión del contrato.
5ª. Este arrendamiento no será obstáculo en manera alguna para que los ganados del común de los vecinos de esta ciudad y los que concurren a la feria disfruten y se utilicen las aguas sin retribución de ningún género, tal y conforme lo han venido siempre haciendo, por ser del servicio público y común la repetida charca.
6ª. Este arriendo es a todo riesgo y ventura, sin que pueda pedirse rebaja por ningún caso fortuito y se entenderá cumplido el veinte y nuebe de septiembre del año que vendrá de mil ochocientos sesenta y seis.
7ª. Siempre que el mal estado de las aguas lo exijan, se podrá baciar la charca para limpiarla del cieno o cualquiera otra causa que hiciere mal sana dichas aguas, en cuyo caso deberá el arrendatario recoger la pesca existente depositándola en vivideros convenientes para trasladarla después de limpia a la espresada charca.
8ª. Este expediente no tendrá efecto su arriendo hasta que sea aprovado por el Governador y en este caso de cuenta del arrendatario su importe.
Concuerda a la letra con sus originales que obran en el expediente del año de mil ochocientos sesenta a que me remito, y para que conste, en virtud de lo mandado, pongo la presente en Trujillo a veinte y cuatro de mayo de mil ochocientos sesenta y tres. Antonio Trejo. Secretario.

Remate. En la ciudad de Trugillo, en veinte y uno de junio de mil ochocientos sesenta y tres, siendo las diez de la mañana, con el fin de proceder al remate de la pesca de la charca del estanque de San Lázaro, se reunieron en la sala consistorial D. Vicente Núñez, Alcalde, y D. Diego Nevado, Regidor Síndico, y por ante mi el Secretario de Ayuntamiento, mandaron al peón público hechase un pregón anunciando hallarse habierta esta subasta. A la publicación se presentó Ildefonso Giménez y cubrió el presupuesto de los mil reales, sujetándose a las condiciones de este espediente, la que le fue admitida y publicada. Antonio Retamosa mejoró hasta mil cien reales, la que se admitió y publicó. Y por D. Juan Sánchez se hizo la proposición de pagar mil trescientos reales vellón en cada año de los tres de este arrendamiento, con las mejoras de que no paguen nada los barcos de los aficionados de caña, pescar solamente con hilos de marca treinta y cinco días de los que elija en los meses de junio y septiembre, y espender la pesca a ocho cuartos cada libra, dando principio a pescar con hilos a las nuebe de la mañana; esta proposición le fue admitida y publicada muchas veces y no habiendo otra mejora, siendo más de las doce del día, se procedió a su remate que recayó en D. Juan Sánchez, que lo aceptó y se obligó a su pago y lo firma con el Sr. Alcalde y Síndico de que certifico. Vicente Núñez, Diego Nevado y Gil. Juan Sánchez. Antonio Trejo Secretario.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 1216.13)