21 de septiembre de 2024

Los Santos de Berzocana

    El martes veintiuno de septiembre de 1593, día de San Mateo, salían de la iglesia de San Juan Bautista de Berzocana parte de las reliquias de san Fulgencio y santa Florentina que, desde hacía siglos, custodiaba el templo. 
    En una caja que la ciudad de Trujillo envió a Berzocana para tan importante contenido (y que pareció mejor que la que llevó fray Pedro de Santiago, prior de Guadalupe, guarnecida de terciopelo carmesí y llave dorada) se habían depositado, envueltos en tafetán colorado, dos huesos “que parecen de canillas, enteros, salvo que al uno le faltaba un poquito de la de una parte”. Otros dos huesos, “a manera de canillas, el uno más delgado y largo que el otro”, pero ninguno entero, iban recubiertos de tafetán verde.  
    Era la caja trujillana “una arquita a manera de cofre…guarnecida de terciopelo colorado y con cuatro goznes de plata, en que se tenía la tapa, y con cerradura y llave de plata; y en la frontera de la tapa, encima de la cerradura, tenía a los lados las figuras de los bienaventurados santos san Fulgencio y santa Florentina dibujados en dos planchitas de plata y en medio de ellas, en otra planchita, nuestra Señora entre dos torres, que son las armas de la ciudad de Trujillo con otras guarnicioncitas que, para fortalecer la dicha arquita, tiene a las esquinas y cantones”. (1)
    Desconocemos quien se encargó de grabar a buril, “sobre chapa de plata, esmaltadas en negro”, las figuras que adornaban la “caxa de açiprés” que realizó Baltasar Díaz, carpintero trujillano, y que fue completada con las “sedas y lençería” que adquirió el regidor don Francisco de Sotomayor por encargo del concejo.
    Una “taleguita de olores”, algodón (“porque se hinchiese el vacío” y no peligrasen las reliquias) y un pedazo de tafetán rojo que cubría el sagrado envío completaban el contenido del arca, cerrada con llave y sellada con el sello del obispo placentino, don Juan Ochoa de Salazar. Iniciaba así el arca su camino desde la villa de Berzocana al cercano monasterio de Guadalupe, para proseguir después hasta San Lorenzo el Real de El Escorial y acabar finalmente su recorrido en la catedral de Murcia.
    No recibió el obispo de Cartagena, don Sancho Dávila y Toledo, lo que deseaba él y su diócesis y que constituyó el encargo que recibió el canónigo doctor Arce: la totalidad de las reliquias que de san Fulgencio y santa Florentina se veneraban en el templo de Berzocana. 
     Al deseo del prelado cartagenero se sumaba la intención del monarca, Felipe II, de incluir entre las reliquias reunidas en el monasterio escurialense las del obispo de Écija, Fulgencio, y su hermana Florentina, hermanos de otros dos santos, Isidoro y Leandro. Hasta siete campañas emprendió el rey entre 1572 y 1598 que conseguirían concentrar en El Escorial restos “autentificados” de “todos los santos conocidos, a excepción de san José, san Juan y Santiago el Mayor”, diría fray Juan de Sigüenza.
San Fulgencio y santa Florentina
Iglesia de San Juan Bautista. Berzocana
    En 1572 el obispo de Plasencia, don Pedro Ponce de León, ya había remitido al rey un informe de la “Averiguación de las reliquias” existentes en Berzocana, realizado por mandato real y encargado al beneficiado de la parroquia, Santiago Maldonado. De todos los testigos –“viejos y ancianos”- se obtuvo la misma respuesta: pese a no haber escrituras ni documentos que lo atestiguaran, “es la común opinión de todos” que los restos venerados y custodiados en la iglesia de Berzocana “son habidos y tenidos y comúnmente reputados por los cuerpos de los dichos santos gloriosos”, traídos a estas tierras “cuando la destrucción de España”. 
    Todos se hicieron eco de los milagros ocurridos por su intercesión, de la veneración que en la localidad y en su comarca se les tenía, de las solemnes procesiones que en sus festividades (entonces 15 de enero y Nuestra Señora de agosto) celebraba la villa y de la capilla que en ese momento estaba mandada hacer por el prelado placentino y de la que daba buena cuenta la mucha cantería ordenada traer, “que es la que está a la puerta de la iglesia”.
    Pero en 1593 no se pretendía “autentificar” las reliquias sino que éstas salieran de Berzocana y la villa hubo de pleitear y hacer todo lo posible por que no ocurriera así. Mucho se ha escrito sobre el “pleito de los santos” y la disputa que Cartagena planteó para conseguir que los cuerpos de ambos santos volvieran a su lugar de nacimiento. 
“De Murcia la catedral
llevárselos intentó
mas la alta Majestad
de nuestro Rey lo estorbó”.
    Así dice Berzocana en su canto de las Coplas del Ramo en las fiestas de ambos santos y añade que “Trujillo lo defendió y el Cabildo de Plasencia”. Porque el arca nos cuenta el papel que la ciudad de Trujillo, bajo cuya jurisdicción estuvo el lugar de Berzocana hasta 1538 en que se convierte en villa exenta, tuvo en esos momentos tras recibir pronto su petición de ayuda y unir sus esfuerzos a los que ya estaban en marcha para oponerse a la pretensión del obispo cartagenero.
    En la sesión del concejo del día 21 de junio de 1593 se leía una carta remitida a Trujillo por la villa de Berzocana “pidiendo favor a esta çiudad para la defensa que no se saquen de la dicha villa los cuerpos santos que en ella están”. Los regidores Juan de Chaves y Alonso de Vivancos recibieron la comisión de responder a la villa “con toda suavidad, ofresçiendo el favor desta çibdad para el caso que se pide”.
    Se pone en marcha entonces una doble actividad de los regidores trujillanos que tiene como objetivo contradecir por un lado las pretensiones de Cartagena y del propio monarca y por otro tratar con la propia villa de Berzocana la mejor manera de “resolber este negoçio con la defensa y buen término que más conbenga”.
    Tras la carta de Berzocana, el 25 de junio, llegaba la del cabildo de Plasencia con traslado de dos cartas reales en que el monarca pedía al obispo de Plasencia “hiçiese dar çiertos huesos del cuerpo santo de san Fulgencio”. Y si en la primera “solo ynterçedía por dos huesos” para El Escorial, en la segunda reclamaba para Cartagena ”la cabeça del dicho Bienaventurado San Fulgençio”. Ese mismo día partían para Berzocana don Juan de Chaves Sotomayor y don Sancho Pizarro de Aragón, regidores de Trujillo, a quienes debía acompañar el cantero García Carrasco, pues la ciudad pretendía que su escudo figurase “en la capilla que se va haziendo para los cuerpos de los bienaventurados san Flugençio y santa Florentina” y éste parecía ser un buen momento para conseguir ese propósito: que el escudo trujillano estuviera en la capilla y que la villa de Berzocana desistiera de seguir el pleito que mantenía con la ciudad sobre dos mil quinientos ducados de penas de “cortos y quemos” en los montes que Trujillo había cobrado a vecinos de Berzocana. Buena ocasión para conseguir ambas cosas a cambio de su apoyo y ayuda. Así lo entendió la villa que aceptó el “patronazgo” de la ciudad sobre la nueva capilla en construcción.

1593, junio 23. Berzocana
Acuerdo de Verzocana para el patronazgo y llaves de los cuerpos santos.
En la villa de Verzocana de San Fulgençio a veynte y tres del mes de junio de mil e quinientos e noventa y tres años, ante mi Sevastián Sánchez, escrivano público, estando en su ayuntamiento para las cosas tocantes e convinientes a este conçejo y república Alonso Abad y Juan del Hoyo, alcaldes ordinarios, y Martín Ximénez Zoyl y Juan Parra y Juan Martín del Corral y Juan Blázquez y Juan Solano, regidores, aviéndose juntado en el dicho su ayuntamiento, según que lo tienen de uso e costunbre, dixeron e acordaron que por quanto en la yglesia parrochial de esta villa de la advocaçión de señor San juan Baptista, en una capilla de por si está un sepulcro de piedra de aliox donde están los cuerpos de los bienaventurados santos san Fulgençio y santa Florentina, para cuya custodia y guarda a avido tres llaves, dos del sepulcro y una de la caxa que está dentro de ella, y porque cosa tan preçiosa y de tanta estima es justo aya la mayor guarda y fidelidad que sea posible y porque la çiudad de Trugillo a tenido y tiene tan fervorosa devoçión a estos santos cuerpos y que se conserven en la dicha yglesia de esta dicha villa donde Nuestro Señor a sido servido de los guardar y conservar, lo qual la dicha çiudad a mostrado con obras quando se a ofreçido y lo mismo entienden que hará en los tienpos venideros, que en nonbre de esta dicha villa, conçejo y ayuntamiento de ella, davan e dieron consentimiento para que la dicha çiudad de Trugillo pueda nonbrar y nonbre una persona que sea ydónea, vezino de esta dicha villa, para que en nonbre de la dicha çiudad tenga una de las dichas dos llaves del dicho sepulcro, la qual pueda poner y quitar a su alvedrío todas las vezes que quisiere e por bien tubiere. guardando el dicho orden en el nonbrar la tal persona.
Otro si dixeron que por quanto en la dicha parrochia de esta villa agora nuevamente a espensas de sus vezinos se haze una capilla a donde estén con más deçençia los cuerpos de los dichos bienaventurados santos que an por bien e consienten que en esta dicha capilla en la parte que más convenga se ponga el escudo y armas de la dicha çiudad de Trugillo, que son la ymajen de Nuestra Señora con su preçioso hijo en los braços y dos torres a los lados a espensas de la dicha çiudad, que piden e suplican a su señoría del obispo de Plasençia aya por bien e aprueve lo en este acuerdo contenido y para que en virtud del la dicha çiudad pueda hazer las dilijençias que convengan e suplicar a su señoría mande se entregue la dicha llave. E mandaron a mi, el presente escrivano, saque un tanto de este acuerdo y le entregue a la parte de la dicha çiudad de Trugillo. Lo qual ansí acordaron e consintieron por aquella vía e forma que mexor de derecho lugar aya y lo firmaron. Alonso Abad. Juan del Hoyo. Juan Martín. Martín Ximénez Zoyl. Juan Solano. Juan Parra. Juan Blázquez. Por mandado del conçejo, justiçia y regimiento de esta villa de Verzocana de San Fulgençio, Sevastián Sánchez, escrivano. E yo el dicho Sevastián Sánchez, escrivano público en esta dicha villa de Verzocana y de los hechos del conçejo de ella por merçed del prior y convento de Nuestra señora Santa María de Guadalupe, con aprovaçión del rey y nuestro, presente fuy a el dicho ayuntamiento y acuerdo de suso y lo saqué según y como ante mí pasó por mandado del dicho ayuntamiento e hize mi signo que es a tal en testimonio de verdad. Sevastián Sánchez, escrivano. 
(Archivo Municipal de Tujillo. Legajo 60, fol. 270v.) 

    Trujillo prestaría su ayuda, haría valer su influencia y la de sus caballeros regidores y se opondría en Plasencia a las pretensiones del doctor Arce y el obispado de Cartagena, dando poder a don Juan y a don Sancho para que, en nombre de la ciudad, pudieran comparecer “ante Su Santidad y otros sus nunçios y delegados y ante el rey nuestro señor y ante otros qualesquier sus juezes e justiçias y ante su señoría el obispo de Plasençia y ante su provisor y ante otros qualesquier juezes e justiçias eclesiásticos e seglares...y puedan contradeçir la pretensión de el doctor Arze, canónigo de Murçia, en nonbre del obispo, deán y cabildo de la santa yglesia de Murçia y Cartajena sobre las reliquias”. 
    Entregar las reliquias a Cartagena, “quanto más parte tan señalada como es la cabeça del dicho bienaventurado San Fulgençio”, supondría que el lugar se despoblase “siendo despojados de cosas tan preçiosas”, y aunque quizás en Berzocana no alcanzaran a tener las reliquias “con tanto aparato y sunptuosidad de edifiçio y culto como devían”, no podría ser mayor la devoción y veneración que la villa ofrecía a sus santos.
    Más difícil resultaba, sin embargo, oponerse al deseo real y a la solicitud del monarca de reliquias para San Lorenzo el Real, cediendo pronto Berzocana a dicha exigencia por ser “cosa dignísima y justa obedeçer con toda umildad lo que Su Magestad manda”. 
    Finalmente todos cedieron, Berzocana accedió a compartir con el monasterio escurialense las reliquias de sus santos y el obispo cartagenero pareció desistir de su empeño, aunque finalmente recibiría el regalo real de dos de los huesos conservados en la villa. 
    Éste fue el “ofrecimiento” que el 14 de agosto de 1593 agradecía el monarca a Berzocana y a Trujillo en sendas cartas, el “buen ánimo y voluntad con que me ofrecéis de acudir a que se me den dos huesos, uno de cada sancto”, voluntad que se demostraría mejor si en vez de dos fueran cuatro, dos de cada santo “y que sean de los mayores”. Para mayor seguridad, el mismo día que Felipe II daba las gracias a Berzocana y Trujillo por su ofrecimiento, escribía al obispo placentino. “Confío condescerán en ello”, decía el monarca, pero encargaba al prelado “lo procuréis con cuidado”.
    Agradecimiento aceptado y “orden” real cumplida. “Con todas las solemnidades”, Felipe II ordenaba que las reliquias fueran entregadas al prior de Guadalupe y “traherlos a donde yo estuviere, cerrados y sellados, de suerte que no se pueda tocar a ellos”. 
    El domingo 19 de septiembre fue la fecha señalada para tal solemnidad. A Berzocana acudió el obispo de Plasencia, don Juan Ochoa de Salazar, el prior de Guadalupe, fray Pedro de Santiago, el vicario de Trujillo y los curas de Orellana, Logrosán, Cañamero y Garciaz. De Trujillo acudió su alcalde mayor, el licenciado Villaveta y Montoya y los regidores trujillanos don Francisco de Sotomayor, don Lorenzo de Chaves, don Sancho Pizarro de Aragón y su hermano don Juan. Y por supuesto, todo el pueblo de Berzocana que hubo de aceptar su sentida pérdida. 
    El prior de Guadalupe ofició la misa mayor y el obispo dijo las Vísperas y Completas e “hizo una plática al pueblo en razón de sacar los santos huesos”. De la capilla pequeña al lado del evangelio, junto al altar mayor, de la llamada “capilla de los gloriosos santos”, fueron sacados los huesos que reposarían en el arca llevada por Trujillo y que habrían de entregarse a la mañana siguiente, temprano.
    Pero el lunes, la indisposición del prior hizo imposible la entrega y fue así cómo el martes 21, en la festividad de San Mateo, tras la misa mayor y la bendición episcopal, el pueblo de Berzocana acompañó y despidió en procesión (con “pendones y cruz, cantando la letanía”) el arca sellada entregada al prior.
Berzocana. Capilla de los Santos. 
Fuente: Cofradía Santos Fulgencio y Florentina

    Recibida en Guadalupe también por todo el pueblo, el arca con las santas reliquias entró en la iglesia del monasterio bajo rico palio y fue depositada junto al altar mayor. El jueves, último día del mes de septiembre, el padre fray Alejo de Ávila, vicario del monasterio de Guadalupe, partía de La Puebla para San Lorenzo el Real y ocho días después entregaba a su prior, fray Diego de Yepes, el cofrecillo de madera. El rey Felipe y su hija Isabel Clara Eugenia estuvieron presentes en su apertura.
    Identificados los huesos por el doctor Luis de Mercado, su médico de cámara, el propio monarca ordenaría apartar “los dos huesos mayores, el uno de san Fulgencio y el otro de santa Florentina; y mandado, que se diesen al obispo, don Sancho Dávila, iglesia catedral y a la ciudad de Murcia con el cofrecillo en que fueron enviadas a su majestad”.
    Pocos días después partía para Murcia el arca del carpintero trujillano, llevando sobre ella las armas de la ciudad y en su interior parte del corazón de los berzocaniegos. 

(1). Mediavilla Martín, B.-Rodríguez Díez, J.: Las reliquias del Real Monasterio del Escorial. Vol. I. Ediciones Escurialenses. 2004. P. 582.

8 de septiembre de 2024

Contratos de agosto

   Cuando agosto termina, el arca cierra por unos días sus llaves y descansa. Nos ha dejado muchas historias que de ella han ido surgiendo y sigue esperando a que otras muchas salgan para acompañarnos e iluminar espacios aún en penumbra de la historia de la ciudad.
    Otras muchas arcas siguen a disposición de investigadores y curiosos porque no descansan, no tienen llaves que las cierren, porque la tecnología las trae a tu casa y te permite acceder en cualquier momento a sus “tesoros”, a sus historias.
    Hace tiempo, el arca nos contó la historia de una capilla, de los escudos que la adornaron, del deseo de don Rodrigo de Orellana y Toledo de perpetuar su memoria y su estirpe. 
    En agosto de 1576 aún faltaban tres años para que el trujillano concertase con el cantero Francisco Sánchez la realización de su capilla y sepulcro, pero todo empezó en ese momento.
    No fue muy participativo don Rodrigo en el concejo trujillano ese año. Llevaba seis ocupando el oficio de fiel ejecutor que le había llegado de su pariente don Juan Alfonso de Orellana, el señor de Orellana la Vieja,  y que le daba “voz y voto” de regidor. No fueron muchas las sesiones del ayuntamiento de ese año en las que estuvo presente pero sí lo hizo en algunas de ese mes de agosto. El día trece estuvo de acuerdo en que los toros que celebraban la fiesta de Santa María de agosto se corrieran en su octava, el 22, porque “los cavalleros desta çibdad quieren reguzijarse el dicho día e hazer fiestas e juego de cañas”, cumpliendo así la prohibición papal de que se hiciera en los días de las festividades
Escudo Orellana-Sotomayor.
Palacio Orellana-Toledo. Trujillo

    Tampoco se opuso a la decisión tomada de retrasar hasta el día primero del siguiente mes de septiembre poder encender fuego en el monte sin pena, “atento el mucho pasto que este presente año ay”, o acotar la pesca en la albuhera y los estanques cercanos a la ciudad.

1576, agosto 13. Trujillo
Acoto de estancos y albuhera. Este día se acordaron que por quanto en los estancos desta çibdad y albuhera se van criando algunas tencas de las que por orden desta çibdad fueron echadas, y para que se críen y se conserven, mandaron acotar y acotaron los dichos estancos y albuhera para que ninguna persona pueda pescar en ellos con caña ni de otra manera alguna, so pena de seysçientos mrs. e perdidos los armadijos con que pescare, repartidos por terçios, juez e denunçiador y çibdad. Y al que pescare con redes incurra en pena de dos mil mrs. y diez días de cárçel y la pena repartida según de suso. Y el acoto e la caña sea hasta el día de San Miguel.
(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 39, fol. 935v.)

    No expresó su oposición, como sí hicieran sus compañeros en el ayuntamiento Juan Casco, Francisco Altamirano de Vargas y el licenciado Becerra, a que la ciudad contribuyese con 2.000 reales a la obra del monasterio de San Francisco, como ya venía haciendo, libramiento que salió adelante por decisión impuesta del teniente de corregidor que presidía la sesión. Eran muchos los materiales comprados para la obra -cal, cantería y ladrillo- y estaba a punto de cerrarse un arco, por lo que “si la dicha obra se dexase e se alçase mano della se perderían los materiales y no se cunpliría con la escriptura e orden que esta çibdad tiene tomada con el dicho monesterio”.
    De  nuevo el día 17 de agosto don Rodrigo de Orellana asistía a la sesión del concejo, en la que se decidió comprar trigo para el pósito, pagar lo gastado por el mayordomo “en el almuerzo que dio a la justiçia y regidores en la ermita de la Coronada este año, quando se llevó la candela que es costunbre” y tomar medidas contra los boticarios de la ciudad, a quienes no parecía hacer gracia la venta de “pequeños remedios”.

1576, agosto 17. Trujillo
Contra los boticarios. Este día se trató y platicó que los boticarios de esta çibdad no quieren dar hungüentos ni mediçinas por menudo de quatro mrs. abaxo y se acordó y mandó que se les notifique a los dichos boticarios que den qualesquier mediçinas que les pidan y en la cantidad que les pidieren, aunque sea de dos mrs. y lo mesmo hagan en el açúcar y dietas, so pena de seysçientos mrs. por terçias partes aplicados.
(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 39, fol. 936v.)
 
    Don Rodrigo estuvo presente en dos de las cinco reuniones que tuvo el concejo en agosto de 1576 y sin embargo, tanto él como su esposa, doña Leonor de Sotomayor, estuvieron muy ocupados ese verano. Porque la capilla que el hijo de Pedro Suárez de Toledo mandara hacer en 1579 llegó al “patrimonio” de ambos esposos ese mes. Y todo nos lo cuenta una de esas “arcas digitales” que las nuevas tecnologías traen a nosotros, esta vez desde las tierras del norte. 
    En Vitoria-Gasteiz, la Fundación “Sancho el Sabio” custodia una copia del contrato que don Rodrigo de Orellana y doña Leonor de Sotomayor suscribieron ante el escribano Miguel Sánchez de Oñate con Diego de Melo, el mayordomo de la iglesia parroquial de San Martín.
Firma de don Rodrigo de Orellana Toledo

    Quizás la estancia en Trujillo en el mes de julio de don Martín de Córdoba Mendoza, el obispo placentino, facilitara a don Rodrigo el acuerdo que permitiría la compra del “altar colateral que está a la mano derecha del altar maior de la dicha iglesia para que sea suio propio e de sus herederos perpetuamente para siempre jamás”. 
    Se acordó el precio, se obtuvo la información de testigos que acreditaran la conveniencia de la venta, se dispuso de la licencia episcopal  y se fijaron las condiciones que habrían de cumplir los nuevos dueños de la capilla.
    El matrimonio Orellana-Sotomayor pagaría 100.000 maravedís a la fábrica de San Martín, “los quales impone en zenso al quitar, él y doña Leonor”, recibiendo la parroquia cada año 7.140 mrs. e hipotecando para su pago algunas de las propiedades que ambos tenían. A eso se añadirían 2.000 mrs. cada año (de los bienes de doña Leonor) para el mantenimiento del altar, cantidad de la que podría disponer la parroquia para tal fin si sus propietarios no cumplieran su compromiso de mantener el altar “vien tratado y adornado de retablo, frontales y lo demás neçesario para el serbizio del ofizio divino que en él se zelebrare”
    El platero Nufrio Fernández, Diego Parra el viejo y el clérigo Mateo García confirmaron en sus testimonios ante el doctor Laguna, provisor y vicario general del obispado, conocer el contenido del negocio del altar y enterramiento, “junto y zerca de la capilla y enterramiento que el dicho don Rodrigo de Orellana y Pedro Suárez de Toledo, su padre, tienen en la dicha iglesia de señor San Martín”, considerando todos ellos la utilidad y provecho de la venta, “que la dicha iglesia rezibe aumento en el edefizio que se ha de hazer en el dicho altar colateral y no ocupa a la dicha iglesia, antes la hermosea y adorna”.
    El día ocho de agosto el prelado placentino autorizaba la venta, formalizada el 18 de ese mismo mes ante escribano por Diego de Melo, don Rodrigo y su esposa doña Leonor. Precio, información, licencia y condiciones, las establecidas por la parroquia de San Martín para el nuevo altar y capilla, para sus nuevos dueños; condiciones similares, suponemos, a las que debieron acordarse para “el otro altar colateral que está dado a Franzisco de Gaete”.
    Así, mientras el arca trujillana descansa, el arca de Vitoria nos completa la historia y nos da luz sobre el intenso verano que tuvieron don Rodrigo y doña Leonor para asegurar un lugar especial y preeminente en el que descansar eternamente.

1576, agosto. Trujillo
Las condiziones tratadas entre el maiordomo de la yglesia de señor San Martín de esta ziudad de Truxillo, por la una parte, y don Rodrigo de Orellana, hijo de Pedro Suárez de Toledo, vezinos de la dicha ziudad, de la otra, azerca del altar que por parte de la dicha iglesis se le a de dar al dicho don Rodrigo son las siguientes: Que el dicho altar que es el colateral a la mano del evangelio que está en la dicha iglesia, que corresponde al arco y capilla que el dicho Pedro Suárez y el dicho don Rodrigo tienen en las dicha iglesia, se le ha de dar un título perpetuo y con él una sepoltura, que está frontero del dicho altar que es de la dicha iglesia, que está junto a otras sepulturas del dicho Pedro Suárez y sus difuntos, en el qual esté obligado a hazer un arco de cantería mui bien obrado y labrado y en buena polizía, del alto conbeniente según el arte al ancho del dicho altar, de tal manera que no impida a la vista al altar maior sino que quede descubierto. Iten, que en el dicho altar ha de hazer y sustentar un retablo y tener siempre vien adornado el dicho altar de frontales y de lo demás nezesario y para ello ha de obligar su persona e vienes y en espezial señalar dos mil marabedís de renta perpetuos sobre alguna hazienda, para que en defecto que el dicho don Rodrigo y sus suzesores no lo tubieren vien adornado y sustentado, lo pueda hazer el maiordomo de la dicha iglesia de los réditos de la dicha hazienda, como al prelado y a su visitador pareziere. Iten, que se levante el suelo del altar a donde está el dicho altar en el alto que se ha de lebantar el otro altar colateral que está dado a Franzisco de Gaete. Iten se ha de echar una media reja al dicho altar que venga con la plana del altar e que no pase de quatro terzias en alto e que se habra por la parte de adentro e no por la de afuera, que sea bien obrada e dorada e ansí se a de sustentar, a la qual no se le ha de echar zerradura ni llabe, porque ha de quedar de manera que todos los clérigos que quisieren digan misa en el dicho altar libremente y no se les ha de poner impedimento a ello, como no sea en tiempo que se obieren de dezir misas de capellanías o memorias o botibas del dicho don Rodrigo e de sus difuntos e suzesores o personas que tubieren derecho al dicho altar, que en tal caso se han de preferir los capellanes que las obieren de dezir a los otros clérigos que quisieren dezir misa en el dicho altar. Iten que no se a de abrir devajo del altar ni del hueco del para hazer enterramiento alguno. Item que no se ha de pretender derecho de asientos par del dicho altar ni en la sepultura que se señala con él, si no que fuere quando se llebare ofrenda sobre el dicho enterramiento y sepulturas del dicho don Rodrigo y sus difuntos, que entonces puedan sentarse sobre ellas o zerca de ellas e quando se hizieren algunos ofizios por los dichos difuntos. Y esto sin perjuizio de los otros que tubieren enterramientos zerca del dicho altar si concurriesen con ofrendas y ofizios, que en tal caso a cada uno se le conserbe su derecho y no se impidan los unos por los otros. Ytem que el dicho don Rodrigo pueda acompañar el dicho altar y arco que sobre él se ha de hazer con otro arco de entierro que corresponde al dicho altar si quisiere acompañarle como sea sin perjuizio de la vista del altar maior. Iten que el dicho don Rodrigo pueda poner los escudos y letreros que quisiere en el dicho arco que se ha de hazer en el dicho altar y sepultura que se le señala y que todo ello lo tenga en título perpetuo para si y para sus subzesores y para quien quisiere e por bien tubiere y que no estén obligados a pagar derecho alguno a la dicha iglesia de la abertura de la dicha sepultura. Iten que la dotación y limosna que el dicho don Rodrigo a de dar a la dicha iglesia por razón del dicho altar y repultura es siete mil y ziento y quarenta marabedís de zenso, pagadero en cada un año a la dicha iglesia a sus pagas de Nabidad y San Juan de junio por mitad, cargadoos sobre bienes libres y seguros en término de esta ziudad de Truxillo, con facultad que el dicho don Rodrigo y los que subzedieren en los dichos vienes puedan redimir y quitar el dicho zenso a razón de a catorze mil el millar, todo junto y no en partes y que el maiordomo de la dicha iglesia pueda si quisiere por su propia autoridad cobrar el dicho zenso de los arrendadores inquilinos de los dichos vienes sobre que se cargare.
(Archivo Fundación “Sancho el Sabio”. Legajo FSS_ST_HENAO,C.7,N.1/D.3)