27 de junio de 2019

Corcho coronado


Allá por julio de 1596, el pagador del monasterio de San Lorenzo de El Escorial,  Domingo de Mendiola, satisfacía la cuenta del monasterio con el alfarero toledano Bartolomé García, por los “40 tiestos que llaman cubetos ojeados de azul y blanco y 62 ramilleteros ojeados de colores y la otra mitad blancos todos entorchados y grandes para servicio de su majestad, altezas y monasterio”. Otros muchos pagos salieron de la fábrica del monasterio ese año: piedra de yeso de Getafe, estopa para las fuentes, perales, membrillos y parras para la huerta nueva en El Bosquecillo, pintar de verde montaña  30 ventanas del monasterio...

El arca trujillana añade un gasto más. Fueron 180 reales lo que gastó en Trujillo el procurador mayor del monasterio escurialense, fray Francisco de la Carrera, para pagar el encargo que hizo al pintor Luis Vázquez, vecino de la ciudad. No colgarían de las paredes de San Lorenzo de El Escorial los cuadros de Vázquez, pero seguro que los monjes, y quizás sus altezas, hicieron uso diario de la obra del pintor, porque lo que encarga fray Francisco son saleros. Cien hermosos saleros con la corona real y la parrilla de San Lorenzo como emblema, dorados o pintados de rojo y de otros colores que adornarían las mesas de El Escorial. Y no de ricos metales o de fina cerámica sino de humilde corcho extremeño.
Corcho de los montes y dehesas  trujillanas, crecido año a año en capas sucesivas que registraron tiempos de intensas sequías o abundancia de aguas. Corcho que formó las colmenas de esta tierra, los modestos recipientes del campo extremeño, corcho enaltecido ahora con la corona real que guardó la sal de San Lorenzo, allá en el Escorial.

Juan Luis de Orellana-Pizarro lo encontró en el arca y Marisa López Rol ayudó a descifrar la complicada escritura del escribano Juan de Lucio.


1596, marzo 22. Trujillo.
Padre fray Françisco 
de la Carrera y Luis Vázquez
https://docplayer.es/82201845-
Divagaciones-sobre-formas-primitivas-de-saleros
-y-de-objetos-afines.html
En la ciudad de Trugillo en veinte y dos días del mes de março de mil y quinientos y noventa y seis años, ante mi el escrivano y testigos paresçió de la una parte el padre fray Françisco de la Carrera, procurador mayor del monesterio de Sant Lorenço Escorial, y de otra Luis Vázquez, pintor, veçino de la dicha çiudad, y se convinieron y conçertaron en esta manera, que el dicho Luis Bázquez a de azer çien saleros de corcho, los noventa senzillos y los diez doblados, con sus tiradores de corno la mitad dellos y la mitad destos an de ser dorados y la otra mitad pintados de colorado y otros colores y en cada uno la esparrilla de Sant Lorenço con una corona real en cada uno, y que los a de dar hechos y entregados en esta çiudad dentro de quinze días que corren desde oy en manos de Joan de Alberto, que sean buenos y a contento con los colores gastados al olio; y si no fueren a contento que se los buelban y sea obligado a los reçibir y bolver el dinero que se le obiere dado y por todos ellos se le an de pagar çiento y ochenta reales pagados en esta manera, los ochenta reales de contado y los çiento que restan el día que los entregare; y los ochenta reales reçibió en mi presençia el dicho Luis Bázquez de que doy fee y se obligó de hazer y entregar los dichos saleros al tienpo y con las condiçiones deste contrato y si no fueren tales los reçibirá y bolberá el dinero quel hubiere reçibido y para ello da por su fiador a Joan de Noguerol, veçino de la dicha çiudad que estaba presente, el qual salió por tal fiador y se obligó de que el dicho Luis Bázquez cunplirá esta parte e todo lo de suso, donde no él como su fiador lo cunplirá y para ello el dicho fray Françisco por lo que le toca obligó los bienes propios y renta del dicho monesterio; y los dichos Luis Bázquez y Joan de Noguerol juntos de mancomún y a voz de uno y cada uno dellos por si y por el todo renunçiando como renunçiaron las leyes de la mancomunidad como en ellas se contiene, obligaron sus personas y bienes avidos y por aver y dieron poder a la justiçia y jueçes destos reynos y señoríos del rey nuestro señor para que a ello les apremien como por sentençia  definitiva de juez conpetente pasada en cosa juzgada y renunçiaron todas las leyes de que en esta razón se puedan aprovechar y la ley e regla del derecho que prohíbe general renunçiaçión de leyes, y lo otorgó ansi ante mi el escribano y los testigos Joan de Alberto y Joan de Mondragón y Martín Arias, veçinos y estantes en Trugillo y los otorgantes que conozco lo firmaron.
Françisco de la Carrera (rúbrica)   Juan de Noguerol (rúbrica)  Luis Vázquez (rúbrica)
 Pasó ante mi Juan de Luçio
 escrivano (rúbrica)
Derechos un real

(Archivo Municipal de Trujillo. Protocolos Juan de Lucio. Legajo 32. 1596)

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