Las ciudades
que hoy conocemos son el resultado acumulativo de decisiones tomadas a lo largo
del tiempo. Hechos físicos y, sobre todo, decisiones que siempre pensamos son
institucionales, han ido conformando el espacio vivo y vivido en el que nos
reconocemos.
Sin lugar a
dudas hay múltiples decisiones individuales o colectivas que son fundamentales
para conocer el devenir de nuestras ciudades, de sus calles y sus plazas. Sus
nombres, estructuras y formas están
salpicadas de acontecimientos históricos y ello se aprecia claramente en
ciudades como Trujillo.
En el rompeolas
de las antiguas aljamas medievales de las comunidades judía y mora de Trujillo,
al pie de lo que se conoció como la calle Nueva debió aparecer un ensanchamiento
cuyo nombre nos habla de mercado antiguo. Ese espacio que conocemos como
plazuela del Azoguejo o Azobejo, lugar de paso, tránsito y parada, se transformó
por la decisión de sus propios vecinos. En 1584 no dudaron en sumar sus propios
recursos a los del concejo para construir parte de la ciudad, ampliar su
pequeña plazuela y contribuir con su esfuerzo a crear este espacio que
singulariza hoy el reborde sur de la calle Tiendas.
1584, marzo 12.
Trujillo
En este ayuntamiento se trató
y platicó de cómo Antonio de Paredes, vezino de esta çibdad, tenía una casa en
la plaçuela del Azoguejo y la tiene derribada para redificalla, y porque la
dicha casa ocupaba mucho de la dicha plaçuela y si la reydifica ocupará más,
espiçialmente alçándola como pretende, y porque para las proçesiones y para la
feria y para el paso y concurso de la jente conbiene que la dicha casa no se
haga, sino que se allane el sitio della para más ornato de la dicha calle y
plaçuela y de esta çibdad y porque para pagar a el dicho Antonio de Paredes el
dicho sitio y casa los vezinos de la dicha plaçuela tienen conçertado de dar y
pagar a el dicho Antonio de Paredes dozientos ducados de sus bolsas con tanto
que esta çibdad de y pague de sus propios çiento y ochenta ducados para el
acabar de pagar la dicha casa, por tanto se acordó que de los propios de esta
çibdad se le den y paguen a el dicho Antonio de Paredes los dichos çiento y
ochenta ducados y para ello se pida y suplique a Su Magestad de y conçeda
facultad a esta çibdad, que desde luego prestaban y prestaron consentimiento
para ello y si es neçesario lo piden y suplican a Su Magestad todos unánimes y
conformes y sin contradiçión alguna. A lo qual se halló presente Martín Sánchez, sesmero y procurador del común de esta çibdad, que lo tubo por bien.
(Archivo
Municipal de Trujillo. Legajo 57. Fol. 87v)
No hay comentarios:
Publicar un comentario