25 de julio de 2015

“Su espada por Santiago”

    “Sólo y único patrón de las Españas”, ese era el papel que en mayo de 1628 reclamaba para el apóstol Santiago don Francisco de Quevedo Villegas, Caballero profeso en la Orden de Santiago, en el escrito “Su espada por Santiago” dirigido al Conde-duque de Olivares.  Defiende al apóstol y solicita no se “le quite lo que se le debe” para compartirlo con quien “no lo pide”, con la santa de Ávila, Teresa de Jesús, a quien se le había dado “lo que no quiere”.
    Porque eso se discutía en las Españas en ese momento y desde hacía ya unos años. El rey Felipe III, gran devoto de Teresa, había atendido en 1618 la petición que desde la orden Carmelita se le había traslado para que la entonces beata fuera admitida como patrona y abogada de estos reinos. Surgen entonces las primeras voces en contra de su elección, señalando como uno de los obstáculos el hecho de no ser aún santa y defendiendo el patrocinio exclusivo de Santiago. Sin embargo, la canonización de santa Teresa por el Papa Gregorio XV, en marzo de 1622, hará que un nuevo rey, Felipe IV, retome la intención de su padre y que las Cortes nombren en 1626 de nuevo a la santa copatrona de sus reinos, decisión en la que pesaba además la clara devoción que el valido Olivares profesaba a Teresa de Jesús. El papa Urbano VIII confirmará su decisión en su Breve de 21 de julio de 1627.
    Pero los partidarios del apóstol Santiago no aceptarán que el santo comparta tales honores y conseguirán al fin que en 1630 la Santa Sede revoque su anterior decisión y que el patronazgo de Teresa quede en manos de las ciudades y diócesis que solicitaran acogerse bajo el patrocinio de la santa.
      No será ésta la única vez en la que los partidarios de Santiago tuvieran que emplearse a fondo ante la Santa Sede para evitar que el apóstol compartiera su patronato sobre España. Atendiendo a los deseos de su tío, el  emperador de Austria Leopoldo I, en 1678, el rey Carlos II accederá a nombrar de nuevo un copatrón, San José, que junto a Santiago protegiera a España. No tuvo más suerte el humilde carpintero que la santa carmelita, pues de nuevo las gestiones del cabildo compostelano lograrán, apenas un año después, que Santiago permanezca como único y singular patrón de estos reinos. Nada cambiará hasta el siglo XIX.

    El día 4 de octubre de 1627, la ciudad de Trujillo recibía la cédula real que daba cuenta del nombramiento de Teresa de Jesús como patrona de España, así como la copia del Breve papal que ratificaba tal nombramiento. Los pasos a seguir para celebrar la fiesta de la santa eran claros: procesión y alejamiento de motivos profanos, pura espiritualidad.


1627, septiembre, 28. Madrid.

El Rey
Concejo, justicia, regidores, cavalleros, escuderos, oficiales y hombres buenos de la ciudad de Truxillo. Estos mis Reynos recivieron por su Patrona a Santa Theresa de Jesús, natural dellos, y Su Santidad también se la ha dado por tal por su breve, cuya copia se os embía con ésta, y por la particular devoción que yo le tengo y lo que estimo que a la bienaventurada Santa se acabe de perficionar en mi tiempo por el serviçio que mis Reynos començaron a hacerle antes de suceder yo en ellos, os mando la recivays por Patrona y que en las necesidades que se ofrecieren la invoqueys por tal pues de tan gran santa, tan favorecida de Nuestro Señor y que tan de veras debe asistir a su Patria, podemos esperar alcançará para ella felices sucesos. Y para dar principio a esta invocaçión dareys orden que el día de su fiesta, que será a cinco de otubre o en uno de los de su octava, se le haga una procesión solemne que vaya a monasterio de frayles carmelitas descalços si le hubiere en esa ciudad, y no le habiendo, de monjas de la misma orden y en falta de uno y de otro a la yglesia que pareciere más a propósito, solemnizando en lo espiritual esta fiesta todo quanto se pudiere sin mezclar con ella ninguna seglar ni profana por ningún caso y avisarmeys como se habrá puesto en execución que en ello me serviréis.  De Madrid a 28 de septiembre de 1627.
Yo el Rey
Por mandado del Rey nuestro señor
Antonio Alosa Rodarte (rúbrica)

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 94.2)

    Leída la Real Cédula y trasladada al libro de actas del ayuntamiento (no así el Breve papal “por estar en latín”), el corregidor Alonso de Lemos y los regidores ordenan “que se apregone oy dicho día públicamente en esta çiudad que todos los veçinos y estantes en ella guarden mañana la fiesta de la gloriosa santa Teresa de Jesús y se declare como se manda resçivir por patrona destos reynos de España y así mismo se apregone que todos los veçinos desta ziudad esta noche pongan luminarias a las ventanas y que mañana se predique a la fiesta de la santa y se haga proçesión por la tarde, a la qual acudan todas las cofradías con sus estandartes y çera y salga la dicha proçesión de la yglesia mayor y vaya al convento de monjas descalzas desta çiudad”.
    Pese a lo señalado en el documento real, la lectura de las actas de los días siguientes a la fiesta religiosa organizada por los regidores comisarios, Juan de Chaves Orellana y Jerónimo de Loaisa, hacen pensar que la ciudad se resistió a eliminar de la fiesta ciertos rasgos profanos presentes en otras celebraciones:

Libramiento.
Líbrense a Simón Garçía y sus conpañeros jitanos çinquenta reales por la fiesta y dança que hiçieron el día de Santa Teresa de Jesús, patrona de España.

Libramiento.
Líbrense a Bartolomé Martínez y demás sacristanes de la yglesia de Santa María diez y seis reales por la fiesta y luminarias que pusieron en la dicha yglesia en la fiesta de Santa Teresa de Jesús.

Libramiento.
Líbrense a Juan Gonçalez, çerero, de ocho hachas de çera amarilla que pesaron cinquenta y seis libras y diez belas blancas de a media libra para la fiesta de Santa Theresa de Jesús, que la blanca es a çinco reales y medio y la amarilla a quatro reales menos quartillo, que monta duçientos y treinta y siete reales y medio, que por mandado de la çiudad se hiçieron para la dicha fiesta conforme al pareçer del señor Sebastián López, comisario

Libramiento de las barreras de la fiesta de Santa Teresa de Jesús.
Líbrense a Françisco Hernández, carpintero, siete ducados por aver hecho las barreras en la plaça desta çiudad la fiesta de Santa Teresa de Jesús deste año, conforme al pareçer del señor don Gonçalo de las Casas y Orellana.

Libramiento de 30 reales del sermón de Santa Teresa.
Que se libre al padre fray Alonso Gallego, de la orden de Santo Domingo en la Encarnaçión desta çiudad, treinta reales por la limosna del sermón que predicó el día de la fiesta de santa Teresa de Jesús, a quien Su Santidad y Su Magestad, que Dios guarde, mandaron se guardase y reçiviese por patrona destos reynos de España.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 68. Fols. 416v, 420r, 421v, 424r)


Apóstol Santiago. AMT. Leg. 213

14 de julio de 2015

Plazuela del Azoguejo

     Las ciudades que hoy conocemos son el resultado acumulativo de decisiones tomadas a lo largo del tiempo. Hechos físicos y, sobre todo, decisiones que siempre pensamos son institucionales, han ido conformando el espacio vivo y vivido en el que nos reconocemos.
    Sin lugar a dudas hay múltiples decisiones individuales o colectivas que son fundamentales para conocer el devenir de nuestras ciudades, de sus calles y sus plazas. Sus nombres, estructuras y formas están salpicadas de acontecimientos históricos y ello se aprecia claramente en ciudades como Trujillo.
   En el rompeolas de las antiguas aljamas medievales de las comunidades judía y mora de Trujillo, al pie de lo que se conoció como la calle Nueva debió aparecer un ensanchamiento cuyo nombre nos habla de mercado antiguo. Ese espacio que conocemos como plazuela del Azoguejo o Azobejo, lugar de paso, tránsito y parada, se transformó por la decisión de sus propios vecinos. En 1584 no dudaron en sumar sus propios recursos a los del concejo para construir parte de la ciudad, ampliar su pequeña plazuela y contribuir con su esfuerzo a crear este espacio que singulariza hoy el reborde sur de la calle Tiendas.


1584, marzo 12. Trujillo
En este ayuntamiento se trató y platicó de cómo Antonio de Paredes, vezino de esta çibdad, tenía una casa en la plaçuela del Azoguejo y la tiene derribada para redificalla, y porque la dicha casa ocupaba mucho de la dicha plaçuela y si la reydifica ocupará más, espiçialmente alçándola como pretende, y porque para las proçesiones y para la feria y para el paso y concurso de la jente conbiene que la dicha casa no se haga, sino que se allane el sitio della para más ornato de la dicha calle y plaçuela y de esta çibdad y porque para pagar a el dicho Antonio de Paredes el dicho sitio y casa los vezinos de la dicha plaçuela tienen conçertado de dar y pagar a el dicho Antonio de Paredes dozientos ducados de sus bolsas con tanto que esta çibdad de y pague de sus propios çiento y ochenta ducados para el acabar de pagar la dicha casa, por tanto se acordó que de los propios de esta çibdad se le den y paguen a el dicho Antonio de Paredes los dichos çiento y ochenta ducados y para ello se pida y suplique a Su Magestad de y conçeda facultad a esta çibdad, que desde luego prestaban y prestaron consentimiento para ello y si es neçesario lo piden y suplican a Su Magestad todos unánimes y conformes y sin contradiçión alguna. A lo qual se halló presente Martín Sánchez, sesmero y procurador del común de esta çibdad, que lo tubo por bien.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 57. Fol. 87v)