18 de enero de 2012

Trujillo, parada y fonda.


   La ciudad de Trujillo siempre gozó de unas condiciones favorables de localización y de atracción. Se ubicaba en el Camino Real que desde la Corte llegaba a Badajoz y era un núcleo poblacional muy importante desde la Edad Media, primero con un amplio alfoz y después con un importante Partido y comarca sobre la que ejercía su influencia y atracción. 
   Aunque eso del turismo es cosa reciente, los lugares de hospedaje aparecen desde antiguo en la ciudad y viajeros, militares, arrieros, comerciantes y funcionarios son sus clientes habituales. El arca guarda documentos valiosos sobre el número de posadas y las obligaciones de registro de huéspedes que tenían quienes estaban al frente de las mismas. 
   Cumpliendo las disposiciones de Isabel II sobre los lugares de hospedaje, podemos conocer la "oferta hotelera" de Trujillo a mediados del siglo XIX.

   Pasado el tiempo, más de un siglo y medio después de este documento, Trujillo sigue siendo un referente -ahora turístico-patrimonial- y está en FITUR.

1858, diciembre, 24. Trujillo.
  A fin de que las autoridades puedan ejercer la devida vigilancia sobre los establecimientos en que se reciben huéspedes, la Reina, Q.D.G., se ha servido mandar que se observen las disposiciones siguientes:
1ª No podrán habrirse en punto alguno del Reino posadas públicas, casas de huéspedes, hosterías, fondas ni cualesquiera otros establecimientos de la misma especie sin obtener antes la competente licencia del ramo de vigilancia, que se renovará anualmente
2ª Los dueños de dichos establecimientos tienen las obligaciones siguientes:
Primera: Llebar un registro foliado y rubricado por el encargado del ramo de vigilancia del Distrito, en que se inscriban por orden alfabético de apellido, las personas que lleguen á sus casas, con espresión de sus nombres de pila, el año, mes y día de su entrada, el lugar de dónde bienen, aquel á que se dirigen, y su ocupación o ejercicio. Al margen de cada partida se pondrán cuando se bayan los huéspedes una nota en que se esprese el día de su salida y el pueblo ó casa á donde han dicho que pasan.
Segunda: Dar partes diarios de lo que resulte de dichos registros y con arreglo á lo que disponga el Governador de la Provincia, al Inspector comisario o celador de sus respectiva demarcacion, ó al alcalde del pueblo en donde no esistan aquellos empleados=
Tercera: Exibir los espresados registros, siempre que á ellos fueren requeridos, á las autoridades, empleados de vigilancia ó guardias cibiles.
Cuarta: Impedir que los huéspedes se ocupen en juegos prohibidos, tengan armas para cuyo uso no estén autorizados ó turben el reposo de sus compañeros=
Y quinta: Tener a la puerta de su establecimiento ó en los balcones o ventanas la tablilla o señal que indique la naturaleza de el con arreglo á la costumbre de cada pueblo.
                               Trugillo, Diciembre 24 de 1858
                                        Jose Orellana (rúbrica)


Ciudad de Trujillo                                                              Año de 1858

Cuaderno que se forma para dar cumplimiento a la Real Orden de 27 de noviembre del presente año, inserta en el boletín de 22 de Diciembre de 1858

Auto.   Para que tenga el cumplimento debido la circular  del Govierno de Provincia  número doscientos sesenta y uno, inserta en el Boletin de la Provincia del miércoles veinte y dos del corriente, en la que se halla la Real Orden de veinte y siete de noviembre, dictando barias disposiciones relativas a las casas de huéspedes, posadas y demas establecimientos públicos. Hágaselos saber á todos los sugetos que se hallen al frente de estos establecimientos en la ciudad y arrabales dicha Real Orden citada, leyéndosela a la letra y entregándolos copia de ella para que no aleguen ignorancia y cumplan con cuanto se les prebiene, firmando en el acto de la notificación quedar enterados y recibir la copia que se manda. Trugillo, diciembre veinte y cuatro de mil ochocientos cincuenta y ocho.
Jose Orellana  (rúbrica)

Notificación. Acto seguido yo el secretario del Ayuntamiento notifiqué el auto anterior que leí y entregué copia de la Real Orden a Miguel Barrantes, dueño de casa de huéspedes, quedó enterado, no firma por no saber, lo hace á su ruego un testigo=
A ruego de Miguel Barrantes.                      
Otra. Igual notificación  se hizo a Manuel Román de esta vecindad, quedó enterado y lo firma.   
Manuel Román (rúbrica).
Otra igual notificación se berificó a Juan Ginés de esta vecindad, quedó enterado y lo firma. 
Juan Ginés (rúbrica).
Así mismo se notificó a Telesforo Molano de esta vecindad, quedó enterado y lo firma.
Telesforo Molano (rúbrica).
Igual notificación se hizo a Francisco Íñigo de esta vecindad, no firma por no saber, de que lo certificó.
 A ruego de Francisco Íñigo
En igual forma se notificó a Modesto Blanco de esta vecindad, no firma por no saber de que certifico.
A ruego de  Modesto Blanco
Otra. En el mismo día se notificó a Lorenzo Ripoll que se halla al frente de la posada de la Estrella en calle García, quedó enterado, no firma por no saber de que certifico.
 A ruego de Lorenzo Ripoll
Otra. Vicente Giménez dueño del parador se le notificó y entregó copia de la Real Orden que se expresa en el auto anterior, quedó enterado y lo firma de que certifico
Asi mismo se notificó dicho auto a Gumersindo Rodríguez que se halla al frente de la posada del Campillo, quedó enterado y lo firma de que lo certifico. 
Gumersindo Rodríguez (rúbrica).
Así mismo y por estar enfermo Dionisio Díaz, amo de la posada de la plaza, se presentó en su nombre Felipe Rubio, el que se enteró y recibió la copia de la Real Orden por enterar al Dionisio y lo firma de que certifico. Felipe Rubio (rubrica)
Acto seguido notifiqué el auto que antecede y le entregué copia de la Real Orden a D. Joaquín Mármol de esta vecindad, quedó enterado y lo firma de que  certifico.
Francisco de Mármol (rúbrica).
Acto seguido notifiqué el auto anterior a  Ramón García de esta vecindad, entregándole copia de la Real Orden, quedó enterado y lo firma de que certifico.
Ramón García. (rúbrica).

Lista que el Alcalde que subscribe con arreglo a la Real  Orden de 27 de Noviembre de 1858 estampa lista de las posadas, casas de huéspedes y demás establecimientos que esisten en esta ciudad

Nombre de las posadas              Id de los sugetos que              Calle en que están situados
                                                  se  hallan al frente de ellas             los establecimientos    
Parador                                      Vicente Giménez Beato ----------     Encarnación
Posada nueva                             Juan Ginés --------------------------         id
Posada de la Poricosa                Francisco Íñigo ---------------------         id
Posada del Potro                        Modesto Blanco -------------------          id
Posada del Rincón                      Joaquín Mármol -------------------  Plazuela Merced
Posada del Campillo                  Gumersindo Rodríguez -----------         Campillo
Posada de la Plaza                      Dionisio Díaz -----------------------       Plaza
Posada de la Estrella                  Lorenzo Ripol------------------------      Garcia
Posada Secreta                           Manuel Román ----------------------     Mercadillo
Casa de Huéspedes                    Telesforo Molano-------------------  Plazuela de Aragón
Posada Secreta                           Ramón García-----------------------         Sillería
Casa de Huéspedes                    Antonio Raposo---------------------         Nueba
(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 1155.8)

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