14 de octubre de 2011

Feliz día de la patrona de España

   En Cádiz, las Cortes recibían para su discusión el día 23 de junio de 1812 un dictamen de la Comisión Eclesiástica. Pese a que se recoge en el diario de sesiones de ese día el contenido de dicho dictamen, se decidió diferir su discusión para la sesión del día 27 de dicho mes. A la Comisión Eclesiástica había llegado en abril una petición del prior y comunidad de carmelitas descalzos del convento de Nuestra Señora del Carmen de la ciudad de Cádiz solicitando que se restaurase el patronazgo de santa Teresa de Jesús sobre España, solicitud que el año anterior ya había sido realizada por el diputado a Cortes por Guatemala, el canónigo Antonio Larrazábal. Porque la santa de Ávila, cuando aun era beata, había sido nombrada por las Cortes de 1617 patrona y abogada de estos reinos "para invocarla y valerse de su intercesión en todas sus necesidades".  Pero este nombramiento tuvo poco recorrido.  En septiembre de 1618, el propio secretario de Felipe III, Jorge de Tovar Valderrama, comunicaba al ayuntamiento gaditano que "S.M. por justas causas mandaba que el recibirla por patrona y hacer por ello fiestas cesase de todo punto hasta que S.M. mandase otra cosa".
   Tras ser proclamada santa en 1622, las Cortes de 1626 volvieron a declarar a santa Teresa patrona de España, decreto confirmado por el papa Urbano VIII en bula expedida el 21 de julio  y circulada con el decreto de Cortes a todo el reino por Felipe IV el 28 de sept. de 1627, añadiendo el Rey "os mando la recibais por tal patrona, y que en las necesidades que se ofrecieren la invoqueis por tal, pues de tan grande Santa, tan favorecida de nuestro Señor, y que tan de veras debe asistir a su patria, podemos esperar alcanzará para ella felices sucesos". Acogida como tal en estas tierras, sin embargo, el cabildo de la iglesia de Compostela acudió a Roma, y alegando que Santiago era el único patrón de España, pudo conseguir que se suspendiese aquel nombramiento.
   Debieron argumentar los carmelitas ante las Cortes gaditanas que el nombramiento de santa Teresa no hacía disminuir ni un ápice la gloria debida al otro patrono, Santiago, y que la situación por la que atravesaba el reino en esos difíciles momentos daba aun más valor a las razones que en 1617 llevaron a la elección de Teresa, ya que el ser "patrona y abogada en las causas de la iglesia contra sus enemigos, tiene una nueva fuerza en esta época en que nuestros pérfidos invasores á los estragos de la invasion añaden las semillas de la impiedad".
   También intentan refutar las posibles críticas que la condición de mujer pudieran traer a su candidatura, "un obstáculo tan ageno del espíritu de la iglesia", y contra el débil argumento de que nunca santas mujeres fueron patronas de pueblos, presentaban la larga lista de santas bajo cuya protección se hallaban un gran número de ciudades, entre ellas Eulalia, la santa patrona de Mérida. Además, bastaría "reproducir en este caso los axiomas que acerca de la igualdad de los Santos, así varones, como mugeres, en órden á Dios se hallan en la sagrada escritura".
   Como cierre a su informe, la comisión consideraba que no era necesario un nuevo nombramiento de santa Teresa como patrona de España, sino tan solo decretar que tuviera efecto el nombramiento ya realizado en las Cortes de 1617 y 1626.
   Y así, el 27 de junio de 1812, las Cortes aprobaron el dictamen de la comisión y de nuevo la santa de Ávila se unió al patronazgo de Santiago sobre las Españas. Eso sí, modificaron el inicial decreto redactado por la comisión en su artículo segundo, en el que se instaba a los arzobispos y obispos a disponer acerca de la solemnidad del rito, suprimiendo "y de la fiesta" de santa Teresa.
   Un día después se promulga el decreto CLXXVI de las Cortes con este contenido, instando a la Regencia del Reino a imprimirlo y hacerlo circular. Cumpliendo este mandato, la Regencia remite el 30 de junio el decreto impreso que llegará a Trujillo el 31 del siguiente mes.
   Hoy sacamos del arca el documento recibido por el corregidor y ayuntamiento trujillano desde la constitucional Cádiz.
 Fuente: Diario de las Discusiones y actas de las Cortes. Vol. 14.  Cádiz. 1812

1812, junio, 30. Cádiz



(Archivo Municipal de Trujillo. Leg. 680)

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