Viendo lo dispuesto en 1870 por la autoridad
trujillana para noches tan señaladas, la llegada de la Navidad, Año Nuevo y Reyes ha supuesto a veces para los integrantes del ayuntamiento no pocos quebraderos de cabeza
que parecen tener su origen en tabernas y casas donde se vendían bebidas. Evitar
borracheras, riñas y pendencias era el objetivo a cumplir.
Las disposiciones que para esos días establecía el
alcalde primero de la ciudad, Isidro Sainz de Rozas, pretendían asegurar el
orden público. La autoridad velaría por ello aun a costa de pasarse noches tan
señaladas haciendo guardia en el ayuntamiento y patrullando la ciudad.
1870. Trujillo
Prevenciones para la noche de Navidad
1º. Se publicará o advertirá a las tabernas y casas de bevida que cierren
a las 8 de la noche y el público se surta durante el día y horas 1as. de la
noche, bajo una multa que designe la Autoridad a las casas de benta de bevidas
y tabernas.
2º. Dos señores alcaldes vigilarán la población con farol de ronda y
dos guardias civiles al efecto que solicite al comandante de ella.
3º. Un señor alcalde saldrá de ronda con espresada fuerza y otro
estará en el ayuntamiento, y dos regidores marcharán por otro lado distinto y
con dos municipales harán dicha ronda las dos horas 1as. de la noche, y luego
lo hará el señor alcalde que haya quedado en el ayuntamiento otras dos, y desde
las 10 a las doce de ella bolverán a practicarla los dos regidores y un señor
alcalde, y el primero asistirá a la misa quedando uno en el ayuntamiento.
Concluida la misa regresará a el ayuntamiento, y recibido los partes
sin nobedad se retirará a descansar, pero quedará uno de guardia en dicho
ayuntamiento y un regidor hasta por la mañana.
Los municipales se situarán en el ayuntamiento y dos guardias más, para
si gustasen salir otra patrulla de 2 a 4 de la noche, permaneciendo dicha
fuerza y señores concejales hasta las 6 de la mañana que se retirarán.
Los serenos darán el servicio diario recorriendo las calles y
vigilando más que otros días.
Pues estas advertencias que indico son todas medidas preventibas y
para evitar borracheras y quimeras en noches tales.
4º. 1º y 2º día de Pascua, desde anochecer hasta las 12 o una de la
noche, deverá de haber alguna patrulla para evitar, haciendo que dichas casas de bevidas se cierren a
las 8 de la noche.
5º. El día de Año Nuevo y Reyes se efectuará lo mismo que los dos días
de Pascua.
Felicitación
de Navidad del sereno. 1900-1910. Cromolitografía. Eph/514(93)
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