26 de enero de 2015

Capeas en Carnavales


Trujillo siempre festejó las alegrías con toros. ¿Qué se celebraba?. Daba igual: se ha tomado Bujía, ha parido la reina, el papa ha hecho santo a Pedro de Alcántara, es el día de San Gregorio, o de San Juan, o la Virgen de Agosto, hay una nueva constitución o el rey ha vuelto y la ha derogado. Cualquier motivo era bueno para que los trujillanos asistieran a las capeas.

Capeas en la plaza. Ningún espacio recoge mejor la historia de esta ciudad que su plaza. Fue del arrabal primero, Plaza Mayor después. Plaza del Rey o de la Constitución, según la ocasión. La plaza es el mercado, es la fiesta, es el rollo que en ella estuvo primero. Es la voz de los pregones, de las alegrías, de los lutos. En ella estaba el corral de los toros, dispuesto para capeas.

En 1874 se acercan los carnavales y de nuevo Trujillo se prepara para sus capeas. Es necesario cerrar la plaza y todo debe estar dispuesto. La comisión que el ayuntamiento ha nombrado para este asunto elabora las condiciones a las que habrán de ajustarse los carpinteros que deseen concurrir a la subasta de los trabajos necesarios en la plaza. Aunque este año habrá problemas. Abierta la subasta, nadie se muestra interesado por quedarse con el trabajo. Es más, se dice "que la mayor parte de los carpinteros de esta ciudad se han concertado para no presentarse, aun en el caso de que se anunciase segunda subasta por conceptuar que es ínfimo el precio señalado como maximun en la condición quinta". Las 125 pesetas presupuestadas por el ayuntamiento les parece poco. ¡Si fueran 200...!.

Pocos días después, ante la comisión organizadora se presentan tres maestros alarifes, Juan Lozano Mata, Antonio Gutiérrez Quintero y Manuel Mariño y Mariño. Ellos harán el trabajo con las cláusulas y condiciones anunciadas, "no movidos por el deseo de lucro sino más bien como un acto de deferencia a los Sres. de la Comisión en particular y a todo el Municipio en general, teniendo en cuenta además que se trata de un acto de que ha de participar o disfrutar todo el pueblo en general y que es antigua la costumbre de que se verifique todos los años en esta población".

En 1874, Trujillo no se quedó sin capeas de carnaval.  

Capea en la Plaza Mayor. 1928

1874, febrero 2. Trujillo

Ciudad de Trujillo.                                                                                              Año de 1874
Expediente de subasta para el cierro de la Plaza con objeto de celebrar la función de capeas.

Decreto. Trujillo, 2 de febrero de 1874
Para el cierro de la Plaza con el objeto de celebrar la función de capeas en el prócsimo Carnabal, según antiquísima costumbre en esta ciudad, y para lo cual se halla la correspondiente consignación en el presupuesto Municipal, sáquese a pública licitación dicho cierro, bajo las condiciones siguientes.
1ª. Dicho cierro se ejecutará con madera de cuartón y tabla que ofrezcan la mayor seguridad, debiendo estar terminado en todo el día catorce del corriente mes.
2ª. La plaza ha de ser cortada desde la esquina de la casa del Sr. Marqués de la Conquista que da frente al Pesillo, hasta la conclusión del portal nominado del lienzo, según es costumbre.
3ª. Será también de cargo y cuenta del rematante la construcción de un palco para los individuos de la Corporación Municipal y su dependencia, como así bien la de la jaula que se hace en el medio de la Plaza y la de los encerraderos o cosiles para las reses, todo en los sitios de costumbre.
4ª. Si por cualquier causa la autoridad conceptuase prudente y oportuno el que hubiese una cuarta capea, el miércoles de ceniza, además de las que se han de jugar en los tres días precedentes del Carnabal, la plaza continuará cerrada durante los insinuados cuatro días, sin que el rematante tenga derecho alguno para exigir el más leve aumento a la cantidad que a continuación se prefija como mayor precio o tipo del remate.
5ª. Dicho precio o tipo máximo es el de quinientos reales vellón que se fijan de presupuesto, sin que sea admisible postura alguna más allá o que esceda del mismo.
6ª. Si por efecto del mal tiempo, o por otro motivo, después de cerrada la plaza no se pudiese lidiar ninguna capea, o se hiciese solo respecto de una o dos, el contratista sin embargo tendrá derecho a percibir íntegro y sin rebaja alguna el precio objeto del remate.
7ª. Mencionado precio será satisfecho al rematante al día siguiente de verificada la última capea y cerrados que fueran los hoyos de la plaza y calles que se abran para clavar los cuartones y portones, cuya operación será de cuenta y cargo del dicho rematante, sin poder exigir por ello el menor aumento ni retribuciones respecto al tipo prefijado en cuanto al remate.
8ª. Y finalmente, dicho remate se verificará el día ocho del mes que rige, de once a doce de su mañana en las Salas Consistoriales, dándosele la debida publicidad o anunciándose por medio de pregones.
Lo mandó y firma el Sr. Alcalde D. Manuel María Grande, de que yo el Secretario certifico.
Manuel María Grande (rúbrica) Eugenio Sanz García secretario (rúbrica)

Nota.  En el día cinco de espresado mes y año, fueron puestos los oportunos edictos anunciando esta subasta en los sitios de costumbre, de que certifico.
Sanz (rúbrica)

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 1211.1)


23 de diciembre de 2014

Noche de paz, noche movida


Viendo lo dispuesto en 1870 por la autoridad trujillana para noches tan señaladas, la llegada de la Navidad, Año Nuevo y Reyes ha supuesto a veces para los integrantes del ayuntamiento no pocos quebraderos de cabeza que parecen tener su origen en tabernas y casas donde se vendían bebidas. Evitar borracheras, riñas y pendencias era el objetivo a cumplir.

Las disposiciones que para esos días establecía el alcalde primero de la ciudad, Isidro Sainz de Rozas, pretendían asegurar el orden público. La autoridad velaría por ello aun a costa de pasarse noches tan señaladas haciendo guardia en el ayuntamiento y patrullando la ciudad.


1870. Trujillo

Prevenciones para la noche de Navidad
1º. Se publicará o advertirá a las tabernas y casas de bevida que cierren a las 8 de la noche y el público se surta durante el día y horas 1as. de la noche, bajo una multa que designe la Autoridad a las casas de benta de bevidas y tabernas.
2º. Dos señores alcaldes vigilarán la población con farol de ronda y dos guardias civiles al efecto que solicite al comandante de ella.
3º. Un señor alcalde saldrá de ronda con espresada fuerza y otro estará en el ayuntamiento, y dos regidores marcharán por otro lado distinto y con dos municipales harán dicha ronda las dos horas 1as. de la noche, y luego lo hará el señor alcalde que haya quedado en el ayuntamiento otras dos, y desde las 10 a las doce de ella bolverán a practicarla los dos regidores y un señor alcalde, y el primero asistirá a la misa quedando uno en el ayuntamiento.
  Concluida la misa regresará a el ayuntamiento, y recibido los partes sin nobedad se retirará a descansar, pero quedará uno de guardia en dicho ayuntamiento y un regidor hasta por la mañana.
  Los municipales se situarán en el ayuntamiento y dos guardias más, para si gustasen salir otra patrulla de 2 a 4 de la noche, permaneciendo dicha fuerza y señores concejales hasta las 6 de la mañana que se retirarán.
  Los serenos darán el servicio diario recorriendo las calles y vigilando más que otros días.
  Pues estas advertencias que indico son todas medidas preventibas y para evitar borracheras y quimeras en noches tales.
4º. 1º y 2º día de Pascua, desde anochecer hasta las 12 o una de la noche, deverá de haber alguna patrulla para evitar, haciendo que  dichas casas de bevidas se cierren a las 8 de la noche.
5º. El día de Año Nuevo y Reyes se efectuará lo mismo que los dos días de Pascua.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 560.1)


Felicitación de Navidad del sereno. 1900-1910. Cromolitografía. Eph/514(93)
 

30 de noviembre de 2014

Y al final, las gallinas


30 de noviembre, día del glorioso apóstol San Andrés, patrón de la ciudad de Trujillo. En la sala alta del viejo ayuntamiento, tras haberse celebrado misa cantada con diáconos y tocado la campanilla, como era costumbre, se reúne el corregidor y los regidores. Los escribanos dan fe de lo que allí se decide.
El 30 de noviembre de 1700, el corregidor de la ciudad es Rodrigo de Torres Mesías y Heredia, caballero de la orden de Calatrava. Hace ya algunos siglos que los regidores no se eligen en Trujillo, que no se asiste a aquel curioso ceremonial que cada dos años renovaba los cargos concejiles. Pero San Andrés seguía siendo el inicio y final de contratos y nombramientos en el ayuntamiento y a ello se dedican don Rodrigo y los once regidores que ese día le acompañan.  Se eligen alcaldes de la Santa Hermandad del estado noble y el estado llano, el capellán que habrá de celebrar en el año siguiente  las misas que preceden a la reunión del concejo y las que se ofician en la cárcel, el mayordomo de propios, los porteros del ayuntamiento o las diversas comisiones y competencias que cada uno de los regidores detentarían hasta el siguiente día de San Andrés. Cuando ya está casi todo acordado, una última cuestión requiere la atención del ayuntamiento: las gallinas. Sí gallinas. 1264 en total que la ciudad ha recibido como adehala, como parte del precio en el que se fijaron los arrendamientos de las dehesas de propios, las dehesas caballerías.  Es ahora decisión del ayuntamiento su reparto, no muy diferente al que año tras año se ha venido haciendo en este día de San Andrés.



1700, noviembre 30 Trujillo.

Haviéndose traydo a este ayuntamiento una certificazión del contador de propios por donde consta que en este presente año ay mil ducientas y sesenta y quatro gallinas de adeala de los arrendamientos de las cavallerías propias de esta ciudad, acordó se repartan entre los señores correxidor y cavalleros rexidores que están en actual exercicio de sus oficios, incluyéndose en dicho repartimiento los señores D. Antonio de Orozco, Don Juan Manuel Zervantes y Don Francisco de Chaves, rexidores que fueron desta dicha ciudad y fallecieron en este presente año, para que sus herederos las perziban, sacando de ellas primero nobenta; que se an de dar las diez y ocho al señor alcalde mayor, quarenta y ocho a los dos escrivanos de ayuntamiento por mitad, ocho al abogado de la ciudad, ocho a el contador y otras ocho a las relijiosas descalzas, las quales se bajaron y quedaron que repartir mil ciento y setenta, que repartidas entre el dicho señor correxidor y diez y siete cavalleros rexidores, que son los del margen, tocaron a sesenta y cinco gallinas cada uno. Y la ciudad acordó que por no haver sobrado del dicho repartimiento, cada uno de dichos señores se le dé una menos de las que les an tocado, y éstas, que vienen a ser diez y ocho, se den las seis al padre fray Pedro Salguero, de la horden del señor San Francisco, que zelebra las misas de la sala, otras seis al hospital de la Charidad y otras seis al colegio de pobres niñas huérfanas.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 231, fols. 127v-128r.)

 
Gallina negra castellana. www.agronewscastillayleon.com

16 de noviembre de 2014

La oscuridad de la letra antigua


El 20 de febrero de 1702 salía de Plasencia, camino de Trujillo, Manuel Francisco de la Espada Jerardino. Tenía asegurada en esta ciudad el pago de la posada y de cuantos gastos hiciera en ella, además de un salario de dos ducados al día. Las gestiones para su venida las había realizado el propio corregidor de Trujillo, Rodrigo de Torres Mesías Heredia, quien durante una visita a Plasencia concertó con Manuel Francisco de la Espada su salario y su trabajo. "Persona de grande inteligenxia en letras antiguas", dicen las actas de él. Porque a eso vino, a leer esos papeles de letra antigua "que por su obscuridad no se puede comprehender lo que contienen". Y no era capricho ni curiosidad lo que movía al ayuntamiento (entonces escaso de fondos) a recurrir a este vecino de Plasencia para que buceara en los fondos de su archivo.

Conocer los documentos significaba asegurar los derechos de la ciudad, sus propiedades y prerrogativas y así lo razonaba su ayuntamiento: “por lo que puede importar al derecho de la ziudad en lo presente y subzesivo la claridad de dichos instrumentos y papeles”. Setenta y nueve días se detuvo en esta ciudad y trabajó en su archivo, donde aún se conserva su copia del Libro Negro y deslindes de algunas dehesas caballerías.


1702, mayo 6. Trujillo

Sobre la satisfazión de Manuel Francisco de la Espada por los trasumptos de diferentes papeles del archivo.
La ziudad dixo que por quanto vino de su horden a ella Manuel Franzisco de la Expada Xerardino, vezino de la de Plasenzia, persona yntelixente en la comprehensión y lectura de letra antigua, a la explicazión y traduzión de diferentes ynstrumentos antiguos que tiene en su archivo escritos de letra de aquellos tiempos, que por esta razón no tenían fázil compreensión e yntelixenzia de su contenido y el suso dicho los leió y tradujo a la letra moderna de estos tiempos, expezialmente aquellos que parezió ser más combeniente el traduzirlos, como fueron los que se contienen en el libro intitulado el negro y diferentes deslindes y amojonamientos de cavallerías, y haviendo concluido con esta obra, acordó se le satisfaga y pague su travajo  a razón de dos ducados a el día, desde veinte de febrero que salió de la dicha ciudad de Plasenzia hasta nueve de este mes, que son setenta y nueve días en que se yncluien los de yda y buelta a dicha ziudad, y además dello, se le pague la posada y la costa que a echo en ella el tiempo de su detenzión. Y así mismo se pague a Antonio Cantero, ofizial de la pluma, que a escripto dichos trasuntos, y al presente escrivano que los a autorizado, y para todo ello se libren en propios dos mil quatrozientos y sesenta y dos reales en esta manera= mil setezientos y treinta y ocho a el dicho Manuel Franzisco de la Expada por los dichos setenta y nueve días a la dicha razón de dos ducados cada uno; ziento y zinquenta reales al dicho Antonio Cantero con los quales y ziento y sesenta que tiene rezivido de otro efecto hazen trezientos y diez de su travajo; trezientos y quatro del güespede de la posada del dicho Manuel Franzisco; ziento y zinquenta a Manuel Antonio de Padilla, presente escrivano de este ayuntamiento por el travajo de haver autorizado dichos ynstrumentos; zien reales a Juan Sánchez Matheo, mayordomo de dichos propios, por los mismos que de horden de esta ziudad dio para ayuda al gasto de la posada del dicho Manuel Franzisco, y los veinte reales restantes por la enquadernazión del trasunto del dicho libro negro.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 233, fols. 43v-44r)


1 de noviembre de 2014

Cementerio en el castillo

Prestos a cumplir las disposiciones emanadas de las Cortes de Cádiz, el ayuntamiento trujillano, con su corregidor presidente Lesmes Bravo a la cabeza, se dispuso en 1812 a elegir un lugar conveniente donde establecer un cementerio. Desde Cádiz se urgía para que cesasen los enterramientos en las iglesias y el procurador síndico del común de Trujillo, Manuel González, propuso en marzo de ese año "que el sitio más aparente para el cementerio es el combento arruinado de relijiosos Descalzos por estar en un sitio muy alto fuera de la población y no perjudicar a ningún mineral de aguas".

Lo cierto es que una ciudad devastada por la guerra ofrecía múltiples espacios vacíos tanto en sus inmediaciones como dentro del propio núcleo y todo parece indicar que el ayuntamiento se decantaba por "la guerta del combento arruinado de la Coria".

 Sin embargo, como ocurrirá años después, los regidores trujillanos prefirieron basar la decisión en la opinión experta de los médicos de la ciudad, que habrán de evaluar los distintos lugares que ofrecían el espacio apropiado para un camposanto.

1812, junio 16. Trujillo
Se bio la certificación de los médicos D. Manuel Malo de Molina y D. Antonio de los Ríos Sierra a consequencia del reconocimiento que han echo de la cerca del combento de Magdalena, guerta del de San Francisco el Real y cerca de la fortaleza, y resultando de dicha certificación que los facultativos allan aparente para Campo Santo la cerca de la fortaleza por las combinientes razones que expresan, se acuerda que uno de los escribanos pase a recojer la llave de D. Diego Cisneros, que ésta se ponga en poder del Sr. Vicario para que haga se formen otras por los señores curas párrocos, recojiendo cada uno la que le corresponda, inmediatamente se bendiga el Campo Santo a cuyo fin se pasará el correspondiente oficio de política y enseguida se ponga una puerta aparente al caso, con una cruz sobre ella que demuestre el sitio que encierra. Que a la mayor brebedad se componga la ermita que se alla dentro de referida fortaleza, a cuyo fin se da comisión al Sr. Regidor decano por el celo que ha manifestado en esta grande obra que de ella depende un gran beneficio al vecindario, confiando el Ayuntamiento de su esactitud se haga todo a la mayor brebedad valiéndose de los medios que juzgue oportunos en representación de este Ilustre cuerpo.
Esto acordaron y firmaron sus señorías. Damos fe.
Bravo (rúbrica)   Gordo (rúbrica)    García (rúbrica)    Calderón (rúbrica) 
González (rúbrica)     Rentero (rúbrica)
Ante nos
Josef Cecilio Bernet y Garzía (rúbrica)  José Secos Bueno (rúbrica)

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 414, fols. 26v-27r)

La decisión estaba tomada. El castillo, la fortaleza trujillana, acogería en sus muros el nuevo cementerio de la ciudad. Se adecentó el recinto y se hicieron las obras "con la seguridad y decencia posible". El día 7 de agosto de 1812 "sólo falta la lizenzia para vendecir el terreno" y esa licencia llegaba pocos días después desde Plasencia, autorizando el obispado a bendecir el cementerio de la fortaleza.

Es éste el momento en que surgen los problemas para el proyecto. Quien se consideraba el legítimo dueño del castillo, el marqués de la Conquista, reclamó el reintegro del "libre uso del cercado y fortaleza que se ha elejido para cementerio" alegando que, como Alférez Mayor de la fortaleza, le correspondía el pleno dominio del recinto.

Ante esta reclamación, la ciudad se reafirma en su propiedad, no considerando al marqués dueño de los muros y terrenos que cierran, pese al título que detenta, y que sólo por "un género de obsequio a su persona se le ha permitido tener la llave de la referida fortaleza cuando ha habido puertas, habiendo servido de recreo a su persona y familia". No le asistía por tanto, a juicio de la ciudad, ningún derecho a tal reclamación y ningún otro terreno ofrecía las mismas ventajas para el establecimiento del camposanto. Por ello acordaron seguir el recurso que ante los tribunales había iniciado Jacinto de Orellana Pizarro, marqués de la Conquista, "hasta lograr lo acordado por el ayuntamiento, el qual no puede desentenderse de sus regalías y privilejios".
Hoy el castillo no acoge el cementerio; las disposiciones de las Cortes de Cádiz quedaron sin efecto tras la guerra, el marqués vio reconocido su derecho y la ciudad hubo de abandonar el proyecto.



Sepultura de Clodoaldo Naranjo Alonso. Sacerdote e Historiador. 1878-1946


13 de octubre de 2014

Pocas liebres en el berrocal


Dicen las ordenanzas trujillanas que en las tierras de la ciudad y sus montes "se crían asy de perdizes e palomas como de liebres e conejos e venados". En un tiempo en el que la caza menor suponía parte del sustento de los vecinos y parte del abastecimiento de la ciudad, el concejo no duda en establecer prescripciones sobre el modo en el que se ha de cazar y el valor que las piezas de caza han de tener en su mercado.

La preocupación del concejo es constante, especialmente en algunos entornos próximos que constituyen parte de la despensa de la ciudad, el berrocal. Su proximidad y consideración de terreno común, su valor para algunas especies de caza y la presión que ello podía suponer sobre otras obliga al concejo a señalar infracciones y graves penas a quienes cacen liebres de modo irregular, evitando así que la "abundancia se torne en esterilidad".


1514, diciembre 1. Trujillo

Este día mandaron los dichos señores que porque está la caça muy estruyda en toda la tierra, que ninguno sea osado de caçar liebres con redes ni cuerdas en todo el berrocal y en quatro leguas a la redonda desta çibdad, so pena de perder los perros y redes y cuerdas, y más seysçientos mrs. por cada vez, el un terçio para el acusador y el otro terçio para el juez que lo sentençiare y el otro terçio para la çibdad y que aya lugar pesquisa; y mandaronlo pregonar y se apregonó publicamente este dicho día.

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 11.1. Fol. 108r)

Mariano Nani. Bodegón de caza: una liebre y dos perdices. Museo del Prado
 

8 de septiembre de 2014

Los maceros de Trujillo


  
 
  Se llaman maceros o porteros de sala y representan el poder municipal o de alguna otra institución cuya comitiva encabezan y cuya autoridad y poder simbolizan.
   Vestidos con vistosos tabardos bordados con el escudo de la ciudad, tocados con gorra de terciopelo y plumas, los maceros trujillanos, como otros de toda España, portan en sus manos una maza ceremonial que hoy ya no protege como arma sino que, habiendo perdido su función militar, mantiene su carácter simbólico de autoridad y grandeza.
  Por ello, por ese carácter simbólico de los maceros, la ciudad ha de preocuparse siempre de que su vestimenta esté a la altura de la institución a la que representan.


1880, abril 26-27. Trujillo

Certifiquese a continuación el particular quinto del acuerdo adoptado ayer por el Ayuntamiento, que obra al folio treinta y cuatro vuelto del libro de actas del corriente año.

D. Antonio Trejo y Peñalosa, Secretario del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad de Trujillo Certifico: Que el particular de acuerdo espresado en el precedente decreto del Sr. Alcalde copiado a la letra es como sigue: "5. La comisión compuesta de los señores D. Lucas Acedo y D. Antonio Guerra presentó el presupuesto que se les encargó para hacer nuevos trages a los dos porteros de este Municipio. Importa quinientas setenta y tres pesetas, veinte y cinco céntimos; fue aprobado acordando su egecución y disponiendo que, si en el presupuesto vigente no hay cantidad bastante para pagar el esceso que resulta del cálculo anteriormente formado, se satisfaga con cargo al capítulo de imprevistos".
Lo anteriormente inserto está conforme con su original estado a que me remito. De orden del Sr. alcalde con su visto bueno espido la presente en Trujillo a veinte y siete de abril de mil ochocientos ochenta.
Vº Bº Antonio Trejo (rúbrica)
Bajo el presupuesto y condiciones que se hallan de manifiesto, se anuncia subasta para la construcción de dos trages de terciopelo a los Maceros de este Ayuntamiento debiendo tener lugar a las doce del día de mañana en esta Casa Consistorial.
Trujillo 27 de Abril de 1880

Presupuesto de dos trages para los porteros                                                                Pesetas   cs.
Diez y seis varas de terciopelo color de sangre de toro para las dos
dalmáticas a trece pesetas cincuenta céntimos .......................................................     216
Treinta varas galón de oro doble de una pulgada de ancho a una peseta cincuenta
céntimos ..................................................................................................................      45
Catorce varas crudillo para el forro a setenta y cinco centimos .............................     10     50
Hechura de las dos dalmáticas ................................................................................      15
Por dos gorros de cartón forrados de seda amarilla y manga de terciopelo
encarnado haciendo colmenas, con tres plumas blancas y las puntas encarnadas ...     50
Dos varas paño negro para los calzones a ocho pesetas cincuenta cs .....................      17
Forros y hechuras de los mismos ............................................................................        7
Dos varas terciopelo azul para los chalecos a trece pesetas cincuenta cs. ..............      27
Hechura y forro de los dos chalecos .......................................................................        6
Dos pares zapatos de charol y evillas de plata ........................................................      40
Dos pares de medias de seda color rosa o carne .....................................................      12
Vara y media de batista para dos corbatas de media vara de ancho y una y media
de largo y hechura ...................................................................................................        2    75
Cuatro escudos grandes bordados de oro y seda .....................................................    125_      
                                                                                                                   Total           573    25
                                             Trujillo 26 de Abril de 1880

Condiciones que forma esta Alcaldía
1ª- Esta subasta constará de un solo acto
2ª- Para licitar y admitirse proposición, es indispensable presentar garantía bastante si el Señor Alcalde la exigiese y se han de aceptar las condiciones del espediente y cubrir necesariamente el presupuesto.
3ª- Los dos trages que se construyan han de arreglarse al modelo que se halla a la vista.
4ª- La tela, patrones y forros se sugetarán también al del modelo: bien entendido que si fuesen de peor calidad los útiles que se empleen o quedasen desperfectos en su forma, no serán admitidos los trages y quedará el rematante obligado a construir otros a su costa.
5ª- El tiempo preciso para entregar acabados dichos trages será de quince días desde la terminación del remate.
6ª- La subasta es a todo riesgo y ventura y serán de cuenta del rematante todos los costos que se originen con motivo de este contrato, incluso peon público y papel de este espediente.
Trujillo 27 de Abril de 1880
Bajo el presupuesto de cuatrocientas cuarenta y ocho pesetas y veinte y cinco céntimos y condiciones que constan en este espediente, anunciese la subasta de este servicio para mañana a las doce del día, en esta casa consistorial bajo mi presidencia, debiendo advertir que los cuatro escudos bordados que figuran como última partida del presupuesto hecho por la comisión y que importan ciento veinte y cinco pesetas no son obgeto de este contrato.
Diligencia. La pongo yo el Secretario para hacer constar haberse cumplido el decreto anterior, fijando los oportunos edictos, certifico. Trujillo, fecha anterior.
Antonio Trejo (rúbrica)

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 1078.35)

15 de agosto de 2014

Chusma para Granada


    Dice el diccionario de la Real Academia Española que el término chusma sirve para definir el "conjunto de los galeotes que servían en las galeras reales".
     La gente de remo o chusma la forman tanto galeotes forzados como esclavos o remeros a sueldo,  pero a todos ellos es común la dura vida y las penosas condiciones en que se desarrolla su trabajo.
    Cuando la gravedad del delito no exigiera la pena de muerte, el castigo de galeras, remar en las galeras reales ("al remo y sin sueldo"), será desde el siglo XVI una pena reservada a delitos considerados denigrantes o aplicada a aquellos delincuentes cuya rehabilitación, por reincidentes, se consideraba imposible. Nunca será la condena inferior a dos años, pues el forzado necesitará al menos un año para aprender el "oficio" y ser útil en la galera,  y diez años será el tiempo que la Pragmática de 1530 establecía como condena máxima, aunque para muchos una condena superior a seis años era casi una sentencia a muerte.
    En 1702, en la cárcel pública trujillana esperaban el cumplimiento de su sentencia Pedro Alonso, condenado a ocho años de galeras, Juan García, condenado a  cuatro años, y Juan Galeas, cuya pena era también de ocho años. Los dos primeros habían apelado mientras que Juan Galeas aceptaba su condena. Sentenciados por el alcalde mayor, el licenciado Juan Cuadrado Jaraba, a éste correspondía ordenar el traslado de los reos a cárceles de la corte pero parece que tal orden se retrasaba. Frente a él, la ciudad llevaba dos años exigiendo el traslado de los presos "por la poca seguridad de dicha cárzel, como por no aber limosna con que mantener los dichos reos". Finalmente, Trujillo debió solicitar de la Chancillería granadina que se obligase al alcalde a remitir los presos y los originales de sus procesos a Granada, un largo camino que deberían seguir los condenados a galeras y presidios (guarniciones avanzadas donde los condenados -los "presidiarios"- eran destinados a trabajar de manera forzada).
    Los alcaldes de la sala del Crimen de la Real Chancillería de Granada atenderán la petición trujillana y en poco tiempo se organiza la marcha, dejando atrás a un cuarto preso de la cárcel de Trujillo, cuya condena no incluía las galeras, pero del que la ciudad también quería deshacerse: Pedro de Morales, sentenciado a diez años de cárcel y sobre el que se alegaba también falta de sustento y riesgo de fuga, "por ser hombre facineroso". Pero Granada ordenó que permaneciera en la cárcel pública de Trujillo. ¿Y sus compañeros de celda? El alcalde mayor ordenará el cumplimiento de lo resuelto en la Chancillería, remitiendo "con la guarda y custodia nezesaria" los presos y sus procesos a Granada, recogiendo la certificación que debía acompañarles las señales distintivas de cada uno de ellos y sus delitos.
    A las cuatro de la mañana del día 10 de junio de 1702, eran sacados de la cárcel de la ciudad los tres prisioneros, a quienes se añadirá la persona de Sebastián Martín, condenado poco antes a cuatro años de cárcel en los presidios de África. "Aprisionados con grillos" y montados en cuatro caballerías, Juan Cabrera, Diego Hernández, Pablo Jerez y Francisco Rodríguez Luna conducirán a los reos hasta Zorita, primera etapa del camino, a cuya justicia los entregan y a quienes corresponde la siguiente etapa del largo viaje.
   ¿Qué mereció un castigo tan duro? 


1702, mayo 30-junio 10. Trujillo

(...) Juan Garzía, vezino del conzejo de Valdés, Prinzipado de Asturias, que es de mediana estatura, algo quebrado de color, con un lunar en la frente por zima del ojo izquierdo, pelinegro corto y los dientes claros, como entreaviertos y como de hedad de treinta y dos años poco más o menos; sobre el hurto de unos balaustres de una reja de las casas de Don Luis de Alvarado y una cadena de yerro que estava en las casas que llaman de la cadena, en la plaza de esta ziudad; la qual dicha causa está escrita en zinquenta y dos foxas útiles en que se comprehenden las de la ynformazión de pobre fecha por el dicho Juan García, y todas rubricadas de mi rúbrica. Y para que conste, lo firmé en la ziudad de Truxillo en treinta días del mes de mayo, año de mil setezientos y dos.
Gabriel Bezerra (rúbrica).

(...) Juan Galeas, vezino de esta ciudad, alto de cuerpo, robusto, en la mejilla diestra un lunar y mellado en la dentadura y parte superior de ella, pelo negro y barba del mismo color zerrada y como de edad de quarenta años poco más o menos, sobre malos tratamientos echos a Catalina Crespo, su mujer, y otras acumuladas, cuyo prozeso está escrito en ciento y cinquenta y siete fojas útiles, todas numeradas por mi. Y para que conste, lo firmé en la ziudad de Truxillo en treinta días del mes de mayo, año de mil setezientos y dos.
Blas de Morales (rúbrica).

(...) Pedro Alonso, vezino de esta dicha ciudad, de mediano cuerpo, delgado, algo carilargo, pelo largo y laso, algo castaño, ojos pardos, lampiño, como de edad de veinte y siete años poco más o menos, sobre haver urtado a Antonio Morato, vecino de esta dicha ziudad, una cantidad de mrs. en espezie de oro y plata y otras alajas, cuio prozeso está escrito en treinta y una fojas útiles, numeradas por mi. Y para que conste, lo firmé en la ciudad de Truxillo en treinta días del mes de mayo, año de mil setezientos y dos.
Blas de Morales (rúbrica)

(...) Sevastián Martín, vezino del lugar de Zurita, de esta jurisdiczión, sobre malos tratamientos ejecuta dos y biolenzias intentadas en el campo con diferentes mujeres y en el camino que media entre el lugar de Zurita y el de Alcollarín, la qual dicha causa, en cumplimiento de dicho auto, zerré, rubriqué y folié, que ba en setenta y zinco foxas útiles en que se yncluye el poder de dicho reo, que es un mozo de bastante cuerpo, pelinegro y barba bermeja, por zima del bigote izquierdo un lunar pequeño, de hedad de veinte y ocho años poco más o menos. Y para que así conste, lo firmé en Truxillo en diez días del mes de junio, año de mil setezientos y dos.
Joseph Leal y Bezerra (rúbrica)

(Archivo Municipal de Trujillo. Legajo 385.34)

Galeotes. Ben-Hur.


20 de julio de 2014

¡Y todo por un sello!


  
   La importancia de los archivos no solo reside en el volumen de la información que contienen, en su estado de conservación y acceso o en el valor patrimonial de lo allí conservado. Su valor está también en la posibilidad de completar desde ámbitos muy diferentes noticias sobre acontecimientos fundamentales o no, personajes relevantes o personas aparentemente anónimas que parecen no dejar rastro.
   Adentrarse en un archivo permite hilvanar historias y acontecimientos, hacer que calles y localidades vayan adquiriendo su propia fisonomía y lo mismo ocurre con quienes fueron sujetos y construyeron la historia desde el anonimato de la vida que aparentemente tan solo interesó en su momento a su familia. Años o siglos después de su existencia, los archivos permiten buscar rastros aparentemente inexistentes, noticias que parecen aisladas, referencias en censos y padrones, en documentos públicos y privados... y poco a poco la ciudad y sus habitantes toman forma, quienes allí vivieron lo siguen haciendo en cientos de noticias que el arca atesora y nos ofrece con generosidad.
   A una vieja foto de familia, blanquinegra  y amarillenta de tiempos y miradas repetidas durante generaciones,  parece casi imposible comenzar a darle color, completar su entorno y su vida, descubrir alegrías, tribulaciones y momentos de intolerancia.
   Desde una de esas viejas fotos del album familiar nos mira José Aguilar Venegas. Junto él está su mujer Basilisa, su hijo Emilio, sus nietas Antonia y Vicenta y otras dos desconocidas.  Ronda los sesenta años pero su rostro nos habla de una larga vida llena de duros momentos que el arca nos ha ido permitiendo descubrir.
   Nació en la calle Tiendas, en la casa ocupada por la botica de doña Antonia Luceño Méndez. Su padre, Sebastián Antonio Pérez Aguilar vino en 1824 desde tierras salmantinas a hacerse cargo de la botica de la viuda Luceño, que debió buscar quién la regentase desde la lejana muerte de su marido, José Gordo Galán, en 1812. En la casa de doña Antonia conocerá Sebastián a Fermina Venegas, quien desde la vecina Plasenzuela vino a vivir con su tía y con quien se casará poco tiempo después.
   Es entonces la calle Tiendas digna de su nombre y en ella se apiñan los comercios de José García, María Dolores Ramos, María Bueno, Ibón Sánchez Lollano, josé Espina, Cayetano García, Felipa Zorrilla y Bartolomé Arteaga, además de tres zapateros, un sastre, el confitero Juan Calderón y otros muchos vecinos. 
   Pronto cambiará todo para José Aguilar. De la felicidad de sus padres a su soledad como pequeño huérfano al cuidado de Antonia Luceño. La prematura muerte de su madre al poco de su nacimiento y la ausencia paterna le obligarán a un rápido aprendizaje y una pronta vida laboral. A los 14 años ya es cajero  en el comercio de Matías García, en la Plaza Mayor, y después lo será con Feliciano Fadrique. Cerca, muy cerca, está quien será su mujer. Basilisa González, la abuela de la foto, vive también en la calle Tiendas. Nació en Navalvillar de Pela y llegará a Trujillo con su padre Tomás González, hojalatero que se asienta en la popular calle. En esta calle, en el número 13, en la casa comprada quizás con lo que le dejara en herencia su madre y la boticaria Luceño, establecerá su tienda y en ella permanecerá hasta su muerte. De su esposa nos habla en su testamento que también nos ofrece el arca, sintiendo por ella "especial cariño por su buen comportamiento y esmeradas atenciones".
   Pero aún está lejos ese momento. Primero ha de pasar toda una vida. Pronto irán llegando los hijos y pronto también morirán: Feliciano, con apenas mes y medio, de catarro; Jerónima, poco mayor, de un accidente, y a Andrés y Catalina se los llevará la viruela con dos meses y seis años. Sólo Emilio les acompañará en su vejez.
   Cajero, tendero, luego cartero y finalmente escribiente, esos son los oficios que le asignan los padrones que conserva el arca. Padrones de los que vemos desaparecer en 1827 a su padre sin que sepamos la razón. Y esa razón también nos la da el arca además de otros datos.
  José Aguilar fue cartero distribuidor en un momento en que el oficio consistía en llevar la correspondencia a los domicilios cobrando por cada carta entregada. Pero el progreso es el progreso y el sello vino a dejarle sin trabajo. Un Real Decreto de febrero de 1856 hacía obligatorio en España para todas las cartas el franqueo en origen con sellos adhesivos desde el primero del mes de julio. Y José perdió su empleo y pasó a ser escribiente.
   Fueron años complicados en una España convulsa. Cuando en septiembre de 1868 la revolución que llamaron "Gloriosa" se dejó sentir en Trujillo, un nuevo ayuntamiento se hace cargo de la ciudad el día 30. Quizás José se sintió cercano a esos principios de "Libertad y Soberanía Nacional" que la Junta Provisional de Gobierno marcó en su bandera. Por eso recurre a ellos y pide empleo. Hace notar su cercanía ideológica, sus méritos anteriores, que acredita,  y al fin nos desvela el destino de su padre.
   Gracias al arca, esa foto nunca será igual, no nos serán desconocidas las vidas de quienes desde ella nos miran y la triste dulzura que adivinamos en el rostro de José, que deseaba que su entierro fuera "modesto según su clase", nos hace pensar que de él la heredó esa dulce bisabuela Vicenta que nos enseñó a hacer solitarios.


1868, octubre 10. Trujillo.

Señores de la Junta de Gobierno de la ciudad de Trujillo.
José Aguilar Benegas, natural y vecino de la misma, a V.S.S. con toda sumisión y respeto espone: Que en los años de mil ochocientos cincuenta y cinco y cincuenta y seis estubo desempeñando el destino de cartero repartidor de la correspondencia pública de la misma con que fue agraciado, cuyo destino desempeñó bien y fielmente, según lo acredita por la adjunta certificación que acompaña, hasta que por virtud del cambio de sistema fue depuesto sin haber sido recombenido por ningún concepto ni haber tenido pérdida ninguna de la correspondencia ni en los certificados; además, en la misma época estubo defendiendo la libertad con las armas en la mano siendo voluntario nacional. En su virtud:
Suplica a V.S.S. que si al recurrente le encuentran bastante acreedor para obtener el citado destino o para cualquiera otro, tanto por lo que deja relacionado cuanto porque su padre, por defender la causa liberal, fue perseguido a muerte, teniendo que emigrar a una nación estrangera (donde falleció), quedando a su familia desemparada y al esponente en la corta edad de un año escaso, a el amparo de las almas virtuosas a quienes debe el ser de Dios sin haberle quedado recursos de ninguna especie, se dignen tenerle presente para indicado fin. Gracia que el que suscribe espera conseguir de la rectitud y celo de tan benéfica y esclarecida Junta, cuyas vidas guarde Dios muchos años.
Trujillo, diez de octubre de mil ochocientos sesenta y ocho.
José Aguilar Benegas


Don Vicente  Fernández Salgado, administrador principal de Correos de esta ciudad de Trujillo y su Departamento y secretario honorario de S.M. etc.
Certifico: Que D. José Aguilar, cartero distribuidor de la correspondencia pública y de oficio de la misma ha satisfecho  todos los cargos que ha recivido por los oficiales de semana hasta hoy dia de la fecha en que por virtud de Orden superior queda establecido el franqueo forzoso de la correspondencia sin que adeude cantidad alguna por referido concepto. Y a petición del interesado le doy la presente que firmo en Trujillo a primero de julio de mil ochocientos cincuenta y seis.
Vicente Fernández


(Archivo Municipal de Trujillo. Leg. 1198)

José Aguilar Venegas y familia. Foto H. Diéguez. Hacia 1890